Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Pequeñas o medianas empresas innovadoras de más de 5 años de antigüedad.
Requisitos
- Ser una persona jurídica constituida válidamente como empresa, con forma jurídica societaria, que ejerce de forma habitual una actividad económica dirigida al mercado e inscrita en el registro correspondiente.
- Tener categoría de pequeña o mediana empresa.
- Ser una empresa innovadora.
- Tener al menos un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
- Tener más de 5 años de antigüedad. Se computa desde la fecha de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) hasta la fecha de inicio de presentación de solicitudes.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
Estos requisitos se deben cumplir y mantener durante la ejecución de los proyectos subvencionados y hasta la finalización de los mismos.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Memoria general descriptiva del proyecto, con un máximo de 30 páginas, de las cuales, las iniciales con un máximo de 2 páginas, consistirán en un Resumen Ejecutivo del proyecto. La Memoria general descriptiva del proyecto estará firmada por el representante legal de la empresa.
- Certificación actualizada o nota informativa del Registro Mercantil, en la que se especifique, en los supuestos que proceda, datos básicos identificativos (denominación social, NIF, Clasificación Nacional de Actividades Económicas, objeto, sede social) capital social y representación social.
- Poder suficiente que acredite la representación del representante de la entidad solicitante, salvo que dicho poder se acredite mediante certificación del Registro Mercantil.
- Mínimo tres ofertas o facturas proformas de diferentes proveedores, de todos los gastos necesarios para la ejecución del proyecto, con carácter previo a la contracción del compromiso cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas para el contrato menor (15.000 euros, IVA excluido). Para gastos inferiores al importe antes indicado, se deberá aportar como mínimo una oferta o factura proforma del proveedor.
- Memoria explicativa de la oferta seleccionada, cuando la elección entre las ofertas presentadas no recaiga en la propuesta más ventajosa conforme a criterios de eficiencia y economía.
- Memoria explicativa en el supuesto de no poder aportar las tres ofertas anteriores, si por las especiales características de los gastos subvencionables no existe en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren.
- En su caso, el cálculo de la amortización para costes de instrumental y material solicitados en el proyecto.
- Relación numerada firmada por el solicitante de los presupuestos o facturas proforma presentados.
- Copia del compromiso firmado de que el proyecto se va a realizar en colaboración con organismos de investigación y difusión del conocimiento de la Comunidad de Madrid con indicación del porcentaje de ayuda financiera que por parte de la empresa solicitante se destinará a financiar gastos e inversiones de I+D vinculados al proyecto que sean desarrollados por los organismos señalados, y que como mínimo deberá ser del 10 por ciento de la ayuda.
- En el supuesto de tener concedida otra ayuda incompatible para el mismo proyecto se deberá aportar renuncia a una de ellas. (Apartado 14 de esta solicitud. Concurrencia de ayudas).
- En su caso, solicitud de autorización de la subcontratación, cuando la actividad a subcontratar con terceros exceda del 20 por 100 del importe de la subvención, y dicho importe sea superior a 60.000 euros.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- DNI o NIF de la persona solicitante que ostente el poder de representación de la empresa.
- Tarjeta de Identificación Fiscal de la empresa (Documento NIF).
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 2331/2026, de 11 de junio, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se convocan para el año 2026 las ayudas para el desarrollo de pymes innovadoras de más de 5 años de antigüedad (BOCM nº 150, de 26 de junio).
- Orden 1915/2022, de 1 de julio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el desarrollo de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (Start-up) y pymes innovadoras (BOCM nº 164, de 12 de julio).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
- Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar a la aplicación.
- Sigue las indicaciones para rellenar el formulario y adjuntar los documentos (si se requieren), así como para enviar la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 29/06/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Puedes consultar el estado de tramitación de tu solicitud en cualquier momento, a través de la Aplicación Ayudas de investigación e innovación.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y emitiremos una resolución que así lo indique.
A continuación, notificaremos a las entidades solicitantes que no cumplen los requisitos las causas de su posible exclusión. Dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para presentar las alegaciones que consideren oportunas. La persona titular de la consejería competente en innovación tecnológica determinará las solicitudes excluidas o archivadas por desistimiento del interesado.
Una vez evaluada cada solicitud conforme al baremo y a los criterios de valoración, la Comisión de Evaluación determinará las cantidades que corresponden a cada una de ellas.
La dirección general competente emitirá la propuesta de resolución, a partir de la que la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la subvención.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 29/06/2026 Fecha de fin: 17/07/2026
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Contacto
Área de Transferencia de Tecnología y Emprendimiento Tecnológico
Sólo atendemos dudas sobre el trámite a través de este contacto.
Recuerda comunicar las incidencias en la aplicación sólo a través de los canales de atención al ciudadano.
Servicio de atención al ciudadano
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Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud