Descripción

  • Referencia
    87691
  • Descripción

    Ayudas destinadas a financiar la creación, inicio de actividad y consolidación de nuevas y jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (Start-up’s y NEBT’s) y el crecimiento de pymes de alta intensidad innovadora, en actividades empresariales innovadoras que requieran el uso de tecnologías y/o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora o del conocimiento generado por los organismos de investigación domiciliados en la Comunidad de Madrid y/o en el mercado, y en las que la estrategia de negocio se base en el desarrollo y el uso intensivo de tecnología.

Calendario de actuaciones

Requisitos

Se podrán consultar los requisitos de los beneficiarios en el apartado información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.

Documentación a presentar

1. La cumplimentación de solicitudes se realizará telemáticamente a través de la aplicación Quadrivium en el siguiente enlace: https://gestiona3.madrid.org/quadrivium/innovacion/
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.

Presentación de solicitudes

La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.
(ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

   

Información Complementaria

Criterios de selección

El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.
Las solicitudes serán evaluadas en función de los siguientes criterios:
a) Viabilidad económica y rentabilidad del Plan de Negocio de la empresa, oportunidad tecnológica y viabilidad de mercado del proyecto, y capacidad científicotécnica de la empresa: hasta un máximo de 40 puntos.
b) Calidad científica-técnica y de innovación de los proyectos: hasta un máximo de 35 puntos.
c) Coherencia del proyecto, colaboración y cooperación con organismos de investigación y de difusión del conocimiento, impacto socio-económico y medioambiental del proyecto: hasta un máximo de 25 puntos, distribuidos de la siguiente forma: 15 puntos máximo referidos a la valoración de los criterios socioeconómicos y medioambientales, y 10 puntos máximo referidos a la coherencia del proyecto.

Documentación de interés

Requisitos de los beneficiarios
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Tramitación

Calendario de actuaciones:

17/01/2020 Resolución de la convocatoria
Orden 87/2019, de 30 de diciembre (BOCM nº 14, de 17 de enero de 2020)

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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