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Requisitos
Se podrán consultar los Requisitos, en el apartado Información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha
Modalidades >
a) Ayudas a autores teatrales para la creación de cuatro textos teatrales.
b) Ayudas a autores para la creación de cuatro guiones cinematográficos de largometraje.
c) Ayudas a compositores para la composición de cuatro partituras musicales.
d) Ayudas a coreógrafos para la creación de cuatro obras coreográficas.
e) Ayudas a diseñadores para la creación de cuatro proyectos de moda.
Documentación
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Se podrá consultar el resto de documentación a presentar en el apartado Información relacionada (Botón de Tramitar al principio de esta ficha).
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Normativa
* Anuncio del extracto de la Orden 2794/2016, de 2 de agosto, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan ayudas a personas físicas para la creación y el desarrollo de las artes escénicas, musicales, cinematográficas y de diseño de moda en 2016 (BOCM nº 198, de 19 de agosto)
* Orden 2312/2016, de 14 de junio, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a personas físicas para la creación y el desarrollo de las Artes Escénicas, Musicales, Cinematográficas y de Diseño de Moda (BOCM nº 154, de 30 de junio)
Órgano responsable
- Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Dirección General de Promoción Cultural
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Descargar" y rellena el formulario. Al finalizar, pulsa "Guardar".
- Elige la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Accede al "Registro electrónico" e incluye el formulario relleno. En la siguiente pantalla puedes adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Imprimir" el formulario relleno y fírmalo.
- Preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Calendario de actuaciones:
| 30/01/2017 | Relación de subvenciones concedidas en el cuarto trimestre de 2016
Resolución de 16 de enero de 2017 (BOCM nº 25, de 30 de enero) |
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 20/08/2016 Fecha de fin: 06/09/2016
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud