Última actuación
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01/12/2023Resolución parcial de la convocatoria
Información
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Personas destinatarias
Entidades dedicadas a la investigación:
- Universidades Públicas y Universidades Privadas con sede en la Comunidad de Madrid.
- Fundaciones Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (Fundaciones IMDEA).
- Organismos Públicos de Investigación previstos en el Capítulo II de Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
- Fundaciones para la Investigación Biomédica de los hospitales públicos de la red hospitalaria de la Comunidad de Madrid.
- Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
- Otras entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, que tengan definidos en sus estatutos la I+D+I como actividad principal.
Todas las categorías de entidades anteriores deberán estar válidamente constituidas y tener domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid en el momento de presentar la solicitud.
Requisitos
Requisitos de las solicitudes
- Si el solicitante es una Universidad, las solicitudes deberán avalarse por un director de la tesis de la persona investigadora predoctoral.. El director de tesis ejercerá además como tutor académico durante el periodo de ejecución de la ayuda. Las tesis doctorales podrán contar con un codirector de tesis de otra institución tanto española como extranjera.
- Si el solicitante no es una Universidad, las solicitudes deberán estar avaladas conjuntamente por:
- Un director de tesis y
- un tutor académico en la Universidad donde el investigador predoctoral en formación se matricule en el programa de doctorado, que cumpla con los requisitos establecidos en el mismo para ser tutor. El tutor podrá ser codirector de la tesis.
- Los directores de tesis solo podrán avalar una única solicitud. En caso de que un mismo director o codirector avale más de una solicitud, todas ellas serán excluidas.
Requisitos del personal investigador predoctoral en formación
Las personas candidatas a las ayudas para la contratación predoctoral deberán cumplir los deberes específicos en materia de investigación y los siguientes requisitos:
- En el momento de presentar la solicitud, los candidatos no pueden haber disfrutado más de 12 meses de algún contrato predoctoral , ni haber disfrutado de becas o ayudas con el mismo objeto.
- Estar matriculado, admitido o preadmitido en alguna de las universidades madrileñas en un programa de doctorado debiendo estar matriculado en ese programa de doctorado cuando se formalice el contrato.
- No estar en posesión de ningún título de doctorado expedido por una universidad española o extranjera.
- Disponer de la nota media en el expediente académico completo correspondiente a los estudios con los que se accede a un programa de doctorado (Licenciatura, Grado, Master, etc.). Esta nota deberá calcularse de acuerdo con los criterios especificados en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional. En el caso de títulos que se hayan obtenido en una universidad o centro de enseñanza superior de un país extranjero, miembro o no del Espacio Europeo de Enseñanzas Superiores (EEES), se tendrá en cuenta la nota que conste en la “declaración de equivalencia de notas medias de estudios universitarios realizados en centros extranjeros” firmada por el personal investigador predoctoral y cuyo procedimiento de obtención depende del Ministerio competente en materia de educación superior.
- Haber finalizado los estudios que dan acceso al programa de doctorado a la fecha de finalización de la presentación de solicitudes de esta convocatoria.
- El personal investigador predoctoral sólo podrá ser candidato en una única solicitud.
Requisitos de los directores y codirectores de tesis doctoral
La persona que ejerza la dirección o codirección de la tesis de la persona investigadora predoctoral deberá:
- Poseer el título de doctor.
- Tener una vinculación laboral permanente con la entidad solicitante o, en su caso, una vinculación laboral cuya duración sea igual o superior al periodo de ejecución de la ayuda y garantice la supervisión y el seguimiento de los trabajos de investigación, la realización de la tesis doctoral y el cumplimiento de los requisitos de aplicación a los directores de tesis doctorales según la normativa vigente. Se considera que no cumplen los requisitos de vinculación: el personal con dedicación a tiempo parcial, el personal en situación de excedencia, el profesorado visitante y el profesorado emérito.
- Será responsable de proporcionar al personal investigador predoctoral el apoyo necesario y facilitarle la utilización de los medios, instrumentos o equipos que resulten precisos para el normal desarrollo de su actividad, así como supervisar el desarrollo de los trabajos de investigación y la formación del personal investigador predoctoral.
Documentación
- Solicitud (PIPF-2022 Impreso de solicitud). Se firmará por el responsable legal del organismo coordinador al realizar la presentación por el Registro Electrónico.
- Anexo con el listado de candidatos del organismo (PIPF-2022 Listado de candidatos).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados
Información adicional
Para consultas relacionadas con el trámite de esta convocatoria puedes contactar a través del correo: pre_postdoc@madrid.org
Normativa
- Extracto de la Orden 3789/2022, de 9 de diciembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, por la que se convocan ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación para el año 2022 (BOCM nº 7, de 9 de enero de 2023)
- Orden 3789/2022, de 9 de diciembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades por la que se convocan ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación para el año 2022.
- Orden 2053/2022, de 19 de julio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación (BOCM nº 179, de 29 de julio).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
- Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar a la aplicación.
- Sigue las indicaciones para rellenar el formulario y adjuntar los documentos (si se requieren), así como para enviar la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
- Se notificará a los solicitantes que no cumplan con los requisitos para participar en la convocatoria, la causa de la posible exclusión de la solicitud para que puedan efectuar, en el plazo de diez días hábiles, las alegaciones que estimen oportunas.
- Transcurrido el plazo de subsanación y alegaciones, y tras la valoración de la documentación aportada por los interesados, se les notificará la relación de solicitudes excluidas, desistidas o las que finalizan por desistimiento expreso del interesado.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Calendario de actuaciones
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01/12/2023Resolución parcial de la convocatoria
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14/11/2023Resolución parcial de la convocatoria
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 10/01/2023 Fecha de fin: 30/01/2023
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud