Descripción

  • Referencia
    A389
  • Descripción

    Ayudas para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio. 

    Su objetivo es facilitar el empleo de los jóvenes recién egresados, incorporándolos a los grupos de investigación de universidades y centros de investigación, fortaleciendo a estos grupos y así potenciar las áreas prioritarias de investigación de la Comunidad de Madrid.
     
    Se convocan en total 230 ayudas para contratos:

    1. 152 ayudantes de investigación.
    2. 78 técnicos de laboratorio.
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Destinatarios

  1. Universidades Públicas y Universidades Privadas con sede en la Comunidad de Madrid.
  2. Fundaciones Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (Fundaciones IMDEA).
  3. Organismos Públicos de Investigación.
  4. Fundaciones para la Investigación Biomédica de los hospitales públicos de la red hospitalaria de la Comunidad de Madrid.
  5. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
  6. Otras entidades públicas y privadas, sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, que tengan definidos en sus estatutos la I+D+I como actividad principal.

Todas las categorías de entidades anteriores deberán estar válidamente constituidas y tener domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid en el momento de presentar la solicitud.
 

Requisitos

Requisitos de los ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio a contratar

El personal contratado deberá cumplir los siguientes requisitos:

  1. No estar vinculado laboralmente con la institución que le contrate en la fecha de publicación de la convocatoria.
  2. Estar en posesión de la titulación exigida en la fecha de contratación con la entidad beneficiaria:
    1. Para ayudantes de investigación: Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Graduado, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico.
    2. Para técnicos de laboratorio: Técnico o Técnico Superior, en el marco de la formación profesional del sistema educativo.
  3. En el caso de estar en posesión de un título académico extranjero, se deberá disponer de la correspondiente credencial de homologación al título equivalente en España, expedida por el órgano competente para el reconocimiento de títulos y cualificaciones extranjeras de educación. 
  4. Ser menor de 30 años en la fecha de contratación con la entidad beneficiaria.
  5. Estar desempleado hasta el día anterior al de contratación con la entidad beneficiaria.

Requisitos del tutor/a

  1. La persona que ejerza la función de tutoría deberá ser un investigador/a con título de doctorado y deberá tener una vinculación laboral permanente con la entidad solicitante o, en su caso, una vinculación laboral cuya duración sea igual o superior al periodo de ejecución de la ayuda.
  2. A efectos de estas bases reguladoras, se considerará que no cumplen los requisitos de vinculación el personal con dedicación a tiempo parcial, el personal en situación de excedencia, el profesorado visitante y el profesorado emérito.
  3. Los tutores/as solo podrán avalar una única solicitud tanto de ayudante de investigación como técnico de laboratorio. En caso de que un mismo tutor/a avale más de una solicitud, todas ellas serán excluidas.
  4. El tutor/a será responsable de proporcionar a la persona contratada el apoyo necesario y facilitarle la utilización de los medios, instrumentos o equipos que resulten precisos para el normal desarrollo de su actividad, así como supervisar el desarrollo de los trabajos y la formación de la persona contratada.

Requisitos de la documentación

Las solicitudes se presentarán mediante el formulario correspondiente, junto con una memoria por cada puesto de trabajo ofertado que formará parte integrante de la solicitud y que contendrá la siguiente información:

  1. Actividades de formación y capacitación propuestas. Se describirán el contenido, medios y recursos del plan de actividades, así como las capacidades y competencias que se prevé que adquiera la persona contratada. 
  2. Calidad de la propuesta de trabajo. Propuesta, descripción y objetivo de actividades a realizar por la persona contratada dentro del grupo de investigación al que se incorpore. 
  3. Interés del puesto de trabajo propuesto. Justificación de la necesidad del puesto e impacto en la entidad solicitante. 
  4. Medios disponibles. Se describirán el contenido, medios y recursos de que dispone la entidad y que sean accesibles por el grupo de investigación al que se incorpore el contratado.
  5. Medidas de seguimiento y control. Se describirán los mecanismos de evaluación y monitorización del progreso de la persona contratada. Se incluirá la repercusión que tendrá la actividad en la empleabilidad futura de la persona contratada.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Memoria de actividades del puesto solicitado.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
  3. Sigue las indicaciones de cumplimentación y de anexado de documentos (si se requieren), así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Para dudas y consultas sobre el Programa de Empleo Juvenil puedes contactar a través del correo electrónico: contacto-pej@madrid.org

Tramitación

  1. La dirección general competente en materia de Investigación acordará de oficio todas las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución.
  2. Se realizará la fase de preevaluación de los requisitos establecidos en estas bases, teniendo en cuenta que sólo podrá afectar a aquellos requisitos cuya concurrencia no requiera de ninguna valoración científica o técnica.
  3. Se notificará a las entidades beneficiarias que no cumplan con los requisitos exigidos, la causa de la posible exclusión de la solicitud para que puedan efectuar, en el plazo de diez días hábiles, las alegaciones que estimen oportunas. 
  4. Transcurrido el plazo de subsanación y alegaciones, y tras la valoración de la documentación aportada por las entidades beneficiarias, se les notificará la relación de solicitudes excluidas, desistidas o las que finalizan por desistimiento expreso del interesado.
  5. A efectos del proceso de evaluación, por tratarse de un procedimiento en concurrencia competitiva iniciado de oficio, no se podrá proceder a la mejora de la memoria de actividades y sólo se tendrá en cuenta la información contenida en la documentación incluida en la solicitud a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Seis meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 1711/2023, de 19 de Mayo , de 19 de mayo de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades por la que se establecen las bases reguladoras para la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus y por la que se aprueba la correspondiente convocatoria correspondiente al año 2023

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Universidades, Investigación y Ciencia
Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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