Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Comunidades de regantes reconocidas por el Organismo de Cuenca.
Requisitos
- Contar con la disponibilidad de los terrenos.
- Estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, no tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas, no tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas, ni figurar en la fase del pago como deudor de los fondos europeos agrícolas FEAGA-FEADER.
- No podrán obtener la condición de beneficiarios las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en la normativa de subvenciones.
- No haber sido declarado excluido de la obtención de ayudas del tipo de operación 4.3.4 “Ayudas para la consolidación y mejora de los regadíos existentes” del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid (2014-2020) en los términos del artículo 35 del Reglamento Delegado (UE) nº 640/2014, de la Comisión. La exclusión de las ayudas se extenderá al mismo año natural y al siguiente contado desde la detección del incumplimiento grave.
Documentación
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Estatutos y Ordenanzas de la Comunidad de Regantes.
- Certificado del secretario de la comunidad de regantes con el visto bueno de su presidente del acta de la Junta General o Asamblea de usuarios en la que consta el acuerdo de solicitar la subvención para el proyecto de inversión, la disponibilidad de fondos necesarios para su ejecución, la aprobación del proyecto y la asunción de los compromisos exigidos”. (Anexo II).
- Resolución de inscripción del aprovechamiento en el Libro registro de Aprovechamientos de Aguas Públicas.
- Acreditación de la disponibilidad de los terrenos sobre los que se realizará la inversión.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos
- NIF/NIE de la Comunidad de Regantes.
- NIF/NIE del presidente o representante de la Comunidad de Regantes.
- Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social de estar al corriente de sus obligaciones.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias (AEAT)
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Para dudas o consultas relacionadas con este trámite, puedes contactar a través de: ayudas_agrarias@madrid.org
Normativa
- Bases Reguladoras (RD 949/2021) (BOCM nº 270, de 12 de noviembre de 2021).
- Extracto de la Orden 2435/2022, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura por la que se convocan para el año 2022 las ayudas para la consolidación y mejora de los regadíos existentes gestionados por las Comunidades de Regantes cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER). (BOCM nº 191, de 12 de agosto)
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Plazos y efectos del silencio administrativo
Seis meses
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 13/08/2022 Fecha de fin: 12/09/2022
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Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud