Tramitación

Pago de tasas

Métodos de pago

La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial. 

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.

a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar).

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones.

Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Accede al registro electrónico

Acciones sobre la solicitud

Tramitación


Calendario de actuaciones

06/08/2020 Orden por la que se revoca una ayuda concedida mediante la Orden 110/2020, de 12 de marzo.
Orden 341/2020, de 15 de julio (BOCM nº 189, de 6 de agosto).
26/03/2020

Orden por la que se cubren vacantes tras la Orden 34/2020, de 6 de febrero, por la que se revocan ayudas concedidas mediante Orden 2255/2019, de 18 de diciembre.
Orden 110/2020, de 12 de marzo (BOCM nº 74, de 26 de marzo).

24/02/2020

Revocación ayudas concedidas mediante Orden 2255/2019, de 18 de diciembre.
Orden 34/2020, de 6 de febrero (BOCM nº 46, de 24 de febrero).

20/12/20202019 Resolución de la convocatoria
Orden 2255/2019, de 18 de diciembre (BOCM nº 302, de 20 de diciembre)
26/09/2019 Corrección de errores de la relación definitiva de admitidos y excluidos por Resolución 126/2019.
(Ver listados en el calendario).
20/09/2019 Corrección de errores de la relación definitiva de admitidos y excluidos por Resolución 125/2019.
(Ver listados en el calendario).
20/09/2019 Corrección de errores de la relación definitiva de admitidos y excluidos por Resolución 121/2019.
(Ver listados en el calendario).
* Reclamaciones: Del 23 de septiembre al 4 de octubre de 2019.
22/08/2019 Relación definitiva de admitidos y excluidos
(Ver listados en el calendario).
26/07/2019 Relación provisional ampliatoria de admitidos y excluidos
(Ver listados en el calendario).
* Reclamaciones: Del 29 de julio al 9 de agosto de 2019.
05/07/2019 Relación provisional de admitidos y excluidos
(Ver listados en el calendario).
* Reclamaciones: Del 8 al 19 de julio de 2019.

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Baremos temporadas 2017 y 2018 (Anexo III)
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