Descripción
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ReferenciaA795
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Descripción
Ayudas a pymes para desarrollar casos de uso basados en inteligencia artificial (IA). Estas subvenciones forman parte del programa de Redes Territoriales de Especialización Tecnológica en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado por la Unión Europea - Next Generation EU.
Se subvenciona el siguiente porcentaje de los gastos subvencionables del presupuesto total del proyecto:
- Un 50 por ciento si la entidad solicitante es una mediana empresa.
- Un 60 por ciento si la entidad solicitante es una pequeña empresa o microempresa.
El importe máximo de la subvención es de 200.000 euros por empresa beneficiaria para realizar una o más actuaciones subvencionables.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 21/06/2025 Fecha de fin: 30/09/2025
Personas destinatarias
Pequeñas y medianas empresas en alguna de las siguientes situaciones:
- Tienen su domicilio fiscal o social en la Comunidad de Madrid.
- Desarrollan su actividad en el territorio de la Comunidad de Madrid.
Están excluidas:
- Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas.
- Las fundaciones.
- Las asociaciones.
Requisitos
- Acreditar la condición de pequeña o mediana empresa mediante certificado de la Cámara de Comercio o documentación equivalente.
- Estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Estar al corriente de pago de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
- Estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias con la Agencia de Administración Tributaria y con la Hacienda autonómica.
- Informar de las subvenciones recibidas durante los tres años anteriores.
- Cumplir el principio de “no causar perjuicio significativo al medio ambiente” (principio Do Not Significant Harm DNSH) en todas las fases de diseño y ejecución de los proyectos.
- No encontrarse en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de interés.
- El proyecto debe:
- Consistir en casos de uso que supongan una aplicación práctica de la inteligencia artificial.
- Pertenecer a una o varias de las categorías, subcategorías y temáticas indicadas en la Orden 145/2025, de la Consejería de Digitalización.
- Tener un nivel de madurez tecnológica o Technology Readiness Level (TRL) de un mínimo de 6, que se corresponde con "Modelo de sistema o subsistema o demostración de prototipo en un entorno relevante". El nivel máximo de madurez tecnológica de los proyectos debe ser de 8, que se corresponde con “Sistema completo y certificado a través de pruebas y demostraciones”.
- Haberse iniciado después del 1 de enero de 2025 y debe finalizar antes del 30 de septiembre de 2025.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Copia del poder notarial del representante legal.
- Certificado de la entidad financiera que acredite el número de cuenta y la titularidad de la misma.
- Memoria técnica y económica del proyecto, según Anexo VI.
- Certificado de la Cámara de Comercio para acreditar la condición de pequeña o mediana empresa (o documentación equivalente).
- En caso de que se oponga a que la información sea consultada por la Consejería de Digitalización, certificado de situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT.
- Declaración de compromisos PRTR, según Anexo I.
- Declaración de ausencia de conflicto de interés (DACI), según Anexo II.
- En caso de que parte del proyecto se subcontrate, DACI por cada subcontratista, según Anexo II.
- Declaración de cesión y tratamiento de datos, según Anexo III.
- Declaración responsable relativa al compromiso por escrito de conceder los derechos y accesos necesarios, según el modelo del Anexo IV.
- Declaración responsable del cumplimiento del principio de “no causar prejuicio significativo” a los seis objetivos medioambientales, según Anexo V.
- Declaración responsable de estar al corriente de pago de reintegro de subvenciones, según Anexo IX.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Infraestructuras Locales Digitales
- Dirección: Calle Embajadores 181. 28045 Madrid
- Correo electrónico: sociedadyeconomia.digital@madrid.org
Tramitación
Una vez presentada la solicitud, analizaremos su contenido y la documentación aportada. Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la persona solicitante para que subsane lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que desiste de su petición.
Si la solicitud está completa, emitiremos la resolución de concesión o denegación que enviaremos a cada persona solicitante.
Resolveremos las solicitudes por orden de presentación hasta agotar los fondos disponibles. Una vez agotado el crédito disponible, resolveremos de forma desfavorable las solicitudes recibidas con posterioridad.
Los solicitantes con resolución favorable tendrán que justificar los gastos subvencionables en el plazo de 1 mes desde la finalización de la actuación subvencionable. Es importante tener en cuenta que el plazo máximo para finalizar el proyecto es el 30 de septiembre de 2025.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Normativa
- Extracto de la Orden 145/2025, de la Consejería de Digitalización, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones dirigidas al desarrollo de casos de uso de inteligencia artificial 2025, dentro del Programa de Redes Territoriales de Especialización Tecnológica en el marco del Componente 16 Reforma 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea–Next Generation EU (BOCM nº 146, de 20 de junio).
- Orden 145/2025, de 2 de junio, de la Consejería de Digitalización, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones dirigidas al desarrollo de casos de uso de inteligencia artificial – 2025, dentro del Programa de Redes Territoriales de Especialización Tecnológica en el marco del componente 16 reforma 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU (BOCM nº 146, de 20 de junio).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre).
Órgano Responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).