Última actuación

  • 30/09/2024
    Fase de justificación

    Se amplia el plazo de presentación de la solicitud de pago hasta 30 de octubre de 2024.

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Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

El procedimiento de concesión de esta línea de ayuda será el de concurrencia competitiva.

Instrucción y evaluación

  1. Los técnicos de la Dirección General responsable estudiarán cada expediente, emitiendo informe acerca de su valoración técnica y económica, que remitirán al Comité Técnico.
  2. Si la solicitud de ayuda no reúne los requisitos exigidos, no se aporta la totalidad de la documentación exigida o existen defectos en la documentación aportada, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la notificación, subsane los defectos advertidos o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud de ayuda, previa resolución.
  3. Se deberá comprobar que los gastos e inversiones presentados por el beneficiario en la memoria cumplen con el control de moderación de costes, con carácter general con mínimo tres ofertas presentadas de diferentes proveedores, que serán claras, comparables y suficientemente detalladas.
  4. Para el estudio de los expedientes se podrán realizar visitas a las instalaciones de los solicitantes, así como requerir información o documentación complementaria que se considere necesaria para la comprensión y evaluación de los mismos.

Con el fin de informar las solicitudes presentadas, se crea un Comité Técnico que estará formado por el Jefe de División de Ayudas FEADER o el funcionario de la Dirección General con categoría, al menos, de Jefe de Servicio que este designe, que ejercerá de Presidente; un representante de la Secretaría General Técnica, cuatro funcionarios de la Dirección General responsable designados todos ellos por su titular, así como un técnico de la Dirección General designado por su titular, que actuará como Secretario, con voz y sin voto.

Resolución

La Consejería responsable, a propuesta del Director General, órgano instructor del expediente, previo informe del Comité Técnico, resolverá mediante Orden motivada la aprobación o denegación de las solicitudes de ayuda presentadas.

Las Órdenes de concesión o denegación deberán ser notificadas a los interesados. En el caso de resolución favorable de concesión de subvención, los beneficiarios comunicarán a la Dirección General, en los 10 días siguientes a la notificación de la resolución, su aceptación en los términos establecidos, o, en su caso, la renuncia.
 

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Seis meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 39/2015, de 01 de octubre , Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Calendario de actuaciones

  • 30/09/2024
    Fase de justificación

    Se amplia el plazo de presentación de la solicitud de pago hasta 30 de octubre de 2024.

  • 09/09/2024
    Fase de justificación

    Se abre el plazo de presentación de la solicitud de pago del 6 al 30 de septiembre de 2024.
     

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 27/10/2023 Fecha de fin: 27/11/2023

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

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