Descripción
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ReferenciaA806
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Descripción
Subvenciones destinadas a financiar actuaciones de bioeconomía en municipios con dificultades demográficas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
Concretamente se financian 2 tipos de actuaciones:
- Estudios cuyo objeto sea la conservación y gestión sostenible de los recursos forestales no madereros para la dinamización de la bioeconomía local, incluyendo entre otros los recursos micológicos, apícolas, plantaciones medicinales, biomasa, la ganadería extensiva, etc.
- Cursos y acciones de formación, eventos de comunicación y sensibilización en materia de conservación y gestión de la biodiversidad, gestión sostenible de los aprovechamientos forestales, planificación turística, emprendimiento verde, impulso actividades tradicionales, turismo sostenible.
Las ayudas pueden subvencionar hasta el 100 por cien del total de las actuaciones, con un importe máximo de 15.000 euros.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 26/06/2025 Fecha de fin: 16/07/2025
Personas destinatarias
Entidades sin ánimo de lucro que cuenten entre sus fines el desarrollo de actuaciones de promoción o fomento de las actividades de producción primaria o actividades vinculadas al desarrollo sostenible o la gestión forestal sostenible.
Requisitos
- Las actuaciones para las que solicita la subvención deben repercutir en el fomento de la actividad social y económica de las zonas afectadas por características demográficas adversas, recogidas en la relación de municipios (Anexo I).
- No encontrarse incursas en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios establecidas en la normativa de subvenciones.
- Someterse a cuantas actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información sea requerida en el ejercicio de dichas actuaciones.
- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, en formato electrónico, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control durante un período de 3 años desde el pago de la ayuda.
- Llevar una contabilidad separada o una codificación contable específica que permita la identificación de las transacciones de la operación.
- Contar con todas las autorizaciones, permisos y licencias que sean preceptivos por razón de la actividad pretendida.
- Respetar el principio DNSH de no causar un daño significativo al medio ambiente (Do No Significant Harm).
- Realizar las actuaciones de divulgación y señalización pertinentes indicando que la actividad ha sido financiada con cargo a los fondos procedentes del PRTR.
- Cumplir las obligaciones recogidas en las normas aprobadas, o en las que se pudieran aprobar a nivel nacional y europeo, en relación con la gestión de los fondos asociados al PRTR y las que se señalen en las instrucciones que reciban de las Autoridades Nacionales y Europeas de gestión o de certificación de estos fondos asociados al PRTR.
- Contribuir de forma adecuada al etiquetado verde, garantizando el cumplimiento de las obligaciones de etiquetado climático asignado con el código 050 “Protección de la naturaleza y la biodiversidad, patrimonio y recursos naturales, infraestructuras verdes y azules”.
Se pueden subvencionar hasta tres actuaciones por beneficiario, siempre y cuando las mismas pertenezcan a distintas tipologías de actuaciones. Es necesario presentar una solicitud por cada actuación.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) para Entidades sin ánimo de lucro (modelo 3587F02).
- Estatutos debidamente legalizados donde consten las normas por las que se regula la actividad de la entidad.
- Documento acreditativo de la representación.
- Acreditación de su inscripción en el registro correspondiente, de acuerdo con su naturaleza jurídica.
- Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR y autorización a órganos de control al ejercicio de sus competencias en defensa de los intereses financieros de la Unión (modelo 3587F03).
- Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del PRTR (modelo 3587F04).
- Certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta del solicitante de la subvención.
- Documentación relativa a las actuaciones:
- Documento de carácter técnico de la actuación: descripción de la actividad prevista, recursos humanos, cronograma, y en su caso, plan de comunicación y sensibilización.
- Presupuesto detallado con facturas proforma.
- En caso de actuaciones permanentes sobre el terreno autorización del propietario de los terrenos si no son de titularidad del solicitante.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
- NIF del solicitante.
- NIF del representante.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Estas subvenciones tienen una dotación presupuestaria de 15.000 euros.
Esta convocatoria se desarrolla en el marco de la Inversión 4 "Gestión forestal sostenible" (submedida I4b "Otras acciones de gestión forestal sostenible"), incluida en el Componente 4: "Conservación y restauración de ecosistemas y su biodiversidad" del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU y, están cofinanciadas en un 100 por cien del gasto público por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Cooperación local
- Dirección: Calle Alcalá Galiano 4. 28010, Madrid.
- Correo electrónico: cooperacion_local2@madrid.org
Documentación de interés
Tramitación
Una vez recibida la solicitud en la unidad de tramitación se comprobará si está completa con toda su documentación. En caso contrario se requerirá la documentación restante, dando un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) para que la aporte.
Transcurrido dicho plazo, en caso de no haber sido atendido el requerimiento, se declarará el desistimiento de la solicitud.
Los expedientes completos se estudiarán e informarán por los técnicos por orden de entrada. El único criterio de priorización aplicable es la fecha de presentación de la solicitud. A estos efectos se considera la fecha en la que el expediente esté completo.
El órgano instructor propondrá la concesión de los que cumplan los requisitos hasta agotar el crédito presupuestario de la convocatoria. A la vista de esta propuesta se resolverá la concesión o denegación de las ayudas por el consejero u órgano en el que delegue mediante una orden que será notificada a todos los solicitantes.
Plazos y efectos del silencio administrativo
4 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden de resolución, o no se publica en el plazo establecido, puedes presentar:
- Un requerimiento previo a la vía contencioso-administrativa ante el mismo órgano que dicta la orden, en el plazo de 2 meses, o bien
- Un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses si el acto es expreso, o de 6 meses en caso contrario.
Normativa
- Extracto de la Orden de 16 de junio de 2025, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se convocan para el año 2025 las subvenciones dirigidas a financiar actuaciones de bioeconomía en municipios con dificultades demográficas en el marco del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU” (C4.I4b) (BOCM nº 150, de 25 de junio).
- Orden de 21 de mayo de 2024, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se modifica la Orden de 6 de septiembre de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a financiar actuaciones de bioeconomía en municipios con dificultades demográficas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiadas por la Unión Europea-NextGenerationEU (C4.I4b) y se aprueba la convocatoria para el año 2023 (BOCM nº 140, de 13 de junio).
- Orden de 6 de septiembre de 2023, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a financiar actuaciones de bioeconomía en municipios con dificultades demográficas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiadas por la Unión Europea-NextGenerationEU (C4.I4b) y se aprueba la convocatoria para el año 2023 (BOCM nº 222, de 18 de septiembre).
Órgano Responsable



El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).