Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:

  • Consultar el estado de la solicitud.
  • Consultar los documentos enviados.
  • Aportar documentación a la solicitud.
  • Consultar tus comunicaciones
  • Enviar comunicaciones.

También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

El órgano encargado de la tramitación de estas subvenciones es el Comisionado del Gobierno para la Atención a las Víctimas del Terrorismo.

El procedimiento de concesión será el de concurrencia competitiva.

Los criterios de valoración vienen determinados por el número de asociados, relación porcentual entre la cuantía presupuestada para el desarrollo de la actividad, el importe solicitado y, además, por el grado de colaboración por personal voluntario.

Se creará una Comisión de Evaluación que elaborará la propuesta provisional de resolución. Se publicará en el tablón de anuncios (Calle Carrera de San Jerónimo 13, Madrid) y en el calendario de actuaciones de este trámite. Además, se notificará electrónicamente a cada solicitante, concediéndose 10 días para alegaciones.

Finalizado este plazo, la Comisión de evaluación elaborará propuesta definitiva que elevará al Consejero competente, que resolverá mediante orden de concesión de la subvención y se notificará a todos los solicitantes.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses.

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden de 6 de junio, del Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local por la que se aprueba la convocatoria para 2024 de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro cuyo fin sea la atención a las víctimas del terrorismo.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar desde el día siguiente al que la recibas:

  • un recurso de reposición en el plazo de 1 mes, o bien,
  • un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.

Si no has recibido la orden, a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución puedes presentar:

  • un recurso de reposición en cualquier momento, o bien,
  • un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.

Acceso al trámite de recurso de reposición.

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 27/06/2024 Fecha de fin: 17/07/2024

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

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