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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes que desarrollen su actividad comercial en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y que cumplan los siguientes requisitos:
Requisitos
- Que mayoritariamente, entendiendo por tal al menos la mitad más uno, agrupen a socios cuya actividad se encuadre dentro de las agrupaciones:
- 64 (comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas, tabacos, realizado en establecimientos permanentes);
- 65 (comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimiento permanente);
- y 66 (comercio mixto integrado al por menor fuera del establecimiento comercial permanente) del Impuesto de Actividades Económicas.
En el caso de asociaciones, federaciones y confederaciones multisectoriales, entendiéndose por tales todas aquellas que agrupen diversos sectores profesionales, el sector del comercio deberá representar al menos un 30 por 100 del total de las personas físicas y jurídicas representadas en dicha asociación.
- Que desarrollen actuaciones de fomento de las actividades de digitalización e incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) en beneficio y mejora de la actividad de sus socios, y/o que desarrollen actuaciones de promoción comercial con la finalidad de promover la apertura y revitalización de los establecimientos comerciales, de aprovechar las sinergias entre el comercio y el turismo, así como otras actuaciones similares con los diversos sectores de actividad.
- Que el número de establecimientos comerciales participantes, esto es, puntos de venta, sea como mínimo de quince, siendo requisito imprescindible que todos y cada uno de ellos tenga el domicilio de su actividad en la Comunidad de Madrid.
No podrán tener la condición de beneficiarios las asociaciones, federaciones y confederaciones en las que concurra alguna de las circunstancias en la normativa de subvenciones.
Que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Hacienda de la Comunidad de Madrid y con la Seguridad Social.
Estarán sujetos a las obligaciones que establece el artículo 14 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones.
Documentación
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Estatutos de la Entidad solicitante (Art.9.6.a).
- Documento acreditativo de la inscripción o, en su caso, solicitud de inscripción para asociaciones, federaciones o confederaciones de nueva constitución, en el registro correspondiente.(Art.9.6.a)
- Certificación del acuerdo, o copia del mismo, de los órganos competentes de la asociación, federación o confederación por el que se decide solicitar la ayuda.(Art.9.6.b)
- Certificado acreditativo del número de socios de la entidad solicitante, con identificación de los mismos y de la actividad a la que se dedican, incorporando listado nominativo de los mismos y de la actividad a la que se dedican (detalle de IAE) (Art.9.6.c)
- Declaraciones Responsables (Anexo II) (Art.9.6, d., e., f., y g.)
- Certificado acreditativo de la capacidad de financiación del proyecto.(Art.9.6.h.
- Memoria descriptiva y justificativa de la actuación subvencionada (Art.9.6.i.)
- Índice detallado de los textos a incluir en folletos y/o material promocional (Art.9.6.j.)
- Presupuesto desglosado de los gastos derivados de la actuación objeto del proyecto (Art.9.6.k)
- En su caso, presupuesto desglosado de los ingresos derivados de la actuación objeto del proyecto (Art.9.6.l.)
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- El órgano gestor solicitará de oficio el Certificado de estar al corriente de pago con la Comunidad de Madrid.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado.(Art. 9.6.m.)
- Certificado de hallarse al corriente de las obligaciones con la Seguridad Socia.(Art. 9.6.m.)
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes
Información adicional
Correo electrónico para información y consultas: promocioncomercio@madrid.org
Normativa
- Extracto de la Orden de 29 de abril de 2022 del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan ayudas para el año 2022 dirigidas a asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial y de proyectos para la digitalización del comercio minorista (BOCM nº 113, de 13 de mayo).
- Orden de 29 de abril de 2022 del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo por la que se convocan ayudas para el año 2022 dirigidas a asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial y de proyectos para la digitalización del comercio minorista.
- Orden de 30 de marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras en materia de concesión de ayudas a las asociaciones, federaciones y confederaciones de comerciantes de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades de promoción comercial y de proyectos para la digitalización del comercio minorista (BOCM nº 87, de 12 abril)
Órgano Responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Economía y Empleo
- Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Plazos y efectos del silencio administrativo
Seis meses
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 17/05/2022 Fecha de fin: 16/06/2022
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud