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Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. Si eliges presentación electrónica:
    1. Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
    2. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
  5. Si eliges presentación presencial:
    1. Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
    2. Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Fases del procedimiento:

  1. Fase de presentación de solicitudes.
  2. Fase de subsanación. Se comunican los defectos encontrados en las solicitudes para que puedan ser subsanados.
  3. Fase de baremación. En concurrencia competitiva para todos los expedientes que tengan la documentación correcta se calcula su baremo, tendrán derecho a la ayuda aquellos que tengan un baremo superior hasta el agotamiento del crédito de la convocatoria.
  4. Publicación de los beneficiarios.
  5. Fase de presentación de justificantes de pago y titularidades. Los beneficiarios tendrán que presentar los justificantes de pago y la documentación acreditativa de no ser propietario o usufructuario de una vivienda en España.
  6. Fase de subsanación de los justificantes de pago y titularidades. Se comunican los defectos encontrados en la documentación para que puedan ser subsanados
  7. Pago de la subvención. Se abonan las mensualidades correctamente justificadas.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

6 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 3479/2022, de 7 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas de los programas de ayuda al alquiler de vivienda y de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico.

Calendario de actuaciones

Contacto y ayuda

Documentos de interés

Preguntas frecuentes
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Información para cumplimentar la solicitud
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Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 04/11/2025
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