Información adicional
* Período subvencionable:
I) Producción de una obra de teatro o coreográfica: desde el 1 de octubre de 2019 al 15 de noviembre de 2020. Las obras deberán estrenarse en representación pública entre el 1 de diciembre de 2019 y 15 de noviembre de 2020.
II) Programación de salas de teatro: Desde el 1 de diciembre de 2019 al 30 de noviembre de 2020.
* Plazo máximo de justificación:
I) Producción de una obra de teatro o coreográfica: hasta el 16 de noviembre de 2020.
II) Programación de salas de teatro: hasta el 1 de diciembre de 2020
Normativa
* Anuncio del extracto de la Orden 2240/2019, de 17 de diciembre, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se convocan ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro y danza en 2020 (BOCM nº 30, de 5 de febrero de 2020)
* Orden 1423/2016, de 18 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro y danza (BOCM nº 107, de 6 de mayo).