Última actualización: 21/06/2025
  • Pendiente apertura plazo

    • Fecha de inicio: 21/06/2025 Fecha de fin: 31/12/2025
  • En Plazo

    • Presentación de solicitudes

      Fecha de inicio: 21/06/2025 Fecha de fin: 31/12/2025

    Tramitar

  • En tramitación

    Fecha de inicio: 21/06/2025 Fecha de fin: 31/12/2025

    Tramitar

  • Cerrado

Descripción

  • Referencia
    A801
  • Descripción

    Ayudas para proyectos de formación para la capacitación digital de la ciudadanía que imparten entidades sin ánimo de lucro, organizaciones no gubernamentales (ONGs) y demás entidades del tercer sector.

    La cuantía de la subvención es de 108,30 euros por persona que efectivamente ha realizado la actividad formativa.

    Cada entidad puede recibir como máximo una cuantía de 324.900 euros por proyecto de formación, que corresponde a la formación de 3.000 personas.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 21/06/2025 Fecha de fin: 31/12/2025

Personas destinatarias

Entidades del “tercer sector” con personalidad jurídica, de los siguientes tipos:

  • Asociaciones.
  • Organizaciones no gubernamentales (ONGs).
  • Fundaciones.
  • Entidades similares a las anteriores.

Requisitos

  1. Estar inscritas en alguno de los registros públicos, ya sea de ámbito estatal o autonómico.
  2. Realizar sus actividades en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
  3. Tener personalidad jurídica para el cumplimiento de sus fines, conforme a lo estipulado en sus estatutos, actas o documentos fundacionales.
  4. Impartir formación en materia de capacitación digital en el ámbito de sus actividades.
  5. No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
  6. No haber percibido otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que cubren el mismo concepto de gasto, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
  7. Autorizar a la Comisión, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales y comunitarias competentes para el ejercicio de sus competencias.
  8. Acceder a la cesión y tratamiento de los datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
  9. Comprometerse con los estándares establecidos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
  10. Cumplir el principio de “no causar perjuicio significativo al medio ambiente” (principio Do Not Significant Harm DNSH) en todas las fases de diseño y ejecución de los proyectos.
  11. Presentar un proyecto de formación en competencias digitales junto a la solicitud de la subvención. El proyecto debe tener las siguientes características:
    1. Versar sobre competencias digitales, tales como:
      1. Ciberseguridad.
      2. Banca electrónica.
      3. Relaciones electrónicas con las Administraciones Públicas.
      4. Uso responsable de las nuevas tecnologías.
      5. Compra por Internet.
      6. Otros temas propuestos por las personas solicitantes relacionados con los objetivos del Plan para la Capacitación Digital de los Ciudadanos de la Comunidad de Madrid 2022-2025.
    2. Contener la siguiente información:
      1. Objeto del proyecto.
      2. Horas de formación.
      3. Instalaciones donde se impartirá la formación.
      4. Número previsto de alumnos.
    3. Reflejar que el registro de usuarios a las actividades formativas se realizará mediante el sistema que la Comunidad de Madrid determine. No puede formase a una persona que ya está entre los usuarios de la Comunidad de Madrid.
  12. Desarrollar los cursos de formación:
    1. En las modalidades presencial y semipresencial.
    2. En el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
    3. Con un mínimo de 7 horas y media de duración y un máximo de 24.
  13. Al cumplimentar la solicitud:
    1. Autorizar a la Comunidad de Madrid a que la entidad sea incluida en un listado de entidades colaboradoras en capacitación digital.
    2. Autorizar a la Comunidad de Madrid al registro y tratamiento de los datos que se indican, así como expresar el consentimiento al envío de comunicaciones que como entidad colaboradora puedan ser de interés.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Proyecto de formación en competencias digitales (Artículo 8).
  2. Justificación de la condición de entidad sin ánimo de lucro, ONG o entidad del tercer sector (Artículo 8).
  3. Justificación de la Representación de la entidad (Artículo 8).
  4. Declaración relativa a justificación de las ayudas financiadas con el PRTR (Anexo II.D).
  5. Modelo de declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI) (Anexo II.E).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  • Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable) (Artículo 21.5).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  • Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)(en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable) (Artículo 21.5).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:

Tramitación

En primer lugar, realizaremos el análisis de riesgo de conflicto de interés mediante la herramienta informática de data mining MINERVA de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). Si la AEAT no dispone de información de la titularidad real de alguna entidad, solicitaremos la información a esa entidad. Tendrá un plazo de 5 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) para aportarla. Si no entrega la información, la entidad quedará excluida.

Una vez obtenido el resultado favorable de la aplicación MINERVA, analizaremos la solicitud, su contenido y la documentación aportada para determinar si se admite o no el proyecto. No admitiremos las solicitudes con informe desfavorable.

Una vez determinado si se admite la solicitud, analizaremos su contenido y la documentación aportada. Si no cumple algún requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que desiste de su petición.

Si la solicitud está completa, emitiremos la resolución de concesión o denegación que enviaremos a cada persona solicitante.

Resolveremos las solicitudes por orden de presentación hasta agotar los fondos disponibles. Una vez agotado el crédito disponible, resolveremos de forma desfavorable las solicitudes recibidas con posterioridad.

Asimismo, publicaremos la lista de concesiones, denegaciones de las ayudas, y desistimientos, periódicamente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Las entidades solicitantes con resolución favorable deberán presentar la documentación justificativa e incorporarla a la plataforma formativa que la Dirección General de Estrategia Digital determine. Para ello, tendrán un plazo de 60 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha límite para la ejecución de actividades. Es importante tener en cuenta que el plazo máximo para finalizar el proyecto es el 30 de marzo de 2026.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

3 meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 143/2025, de 30 de Mayo , de la Consejería de Digitalización, por la que se modifica la Orden 102/2024, de 12 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras y convocatoria de las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para la capacitación digital de los ciudadanos en el marco del Plan de Capacitación Digital de los Ciudadanos de la Comunidad de Madrid 2022-2025 y del Componente 19 Inversión 1 “Plan Nacional de Competencias Digitales (Digital Skills)”, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España —financiado por la Unión Europea— NextGenerationEU, para el año 2024; y se aprueba su convocatoria para 2025.

Recursos

Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:

  • Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.

Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:

  • Recurso de reposición en cualquier momento.
  • Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.

Acceso al trámite de recurso de reposición

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Digitalización
Viceconsejería de Digitalización
Dirección General de Estrategia Digital

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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