Descripción

  • Referencia
    83663
  • Descripción

    Subvenciones a empresas productoras cinematográficas para financiar los gastos para llevar a cabo las actividades necesarias para realizar el largometraje, con carácter previo a su rodaje. A fin de poner de relieve su paisaje natural o urbanístico, su patrimonio tangible o intangible y la de promover la realización de largometrajes de interés cultural y calidad artística excelentes.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

Requisitos

Podrán ser beneficiarios los titulares de empresas de producción independiente cuyo objeto sea la actividad cinematográfica o audiovisual, con un mínimo de dos años en su actividad profesional. No podrán acceder a la condición de beneficiario las entidades sin ánimo de lucro, ni las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.

Presentación de solicitudes

La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.
(ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

   

Información Complementaria

Período desarrollo del proyecto
Se considerará período subvencionable desde el 1 de diciembre de 2017 hasta el 30 de noviembre de 2018.
No podrán acceder a las ayudas los proyectos que, en el momento de su solicitud, hayan iniciado el rodaje del mismo.

Documentación de interés

Tramitación

Calendario de actuaciones

 

 

04/01/2019 Subvenciones concedidas. Tercer y cuarto trimestre de 2018
Resolución de 13 de noviembre de 2018 (BOCM nº 3, de 4 de enero de 2019).
27/11/2018 Desestimar solicitudes presentadas
Orden 1607/2018, de 7 de noviembre (BOCM nº 283, de 27 de noviembre)
08/10/2018 Nota informativa sobre la propuesta de resolución
Ver listado en el calendario.

 

 

 

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
Dirección General de Promoción Cultural

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar