Descripción
-
ReferenciaA428
-
Descripción
Ayudas para el desarrollo de proyectos dirigidos a apoyar y proteger a las familias que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad social, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023 (ambos incluidos), encuadrados en alguna de las siguientes líneas:
Línea 1: Proyectos dirigidos al apoyo a mujeres gestantes y/o madres de hijos de cero a tres años, en situación vulnerable y que carezcan de red de apoyo.
- Alojamiento de mujeres embarazadas y/o madres sin recursos con hijos de cero a tres años de edad.
- Programas socio-laborales dirigidos a mujeres embarazadas y madres sin recursos con hijos de cero a tres años, tendentes a garantizar su autonomía personal y patrimonial frente a situaciones de vulnerabilidad o exclusión social.
- Servicios de atención inmediata para hijos de cero a tres años y a sus madres.
- Asesoramiento legal a mujeres embarazadas y madres sin recursos con hijos de cero a tres años.
- Orientación psicológica a mujeres embarazadas y madres sin recursos con hijos cero a tres años.
Línea 2: Proyectos sociales dirigidos al apoyo a las familias monoparentales, familias numerosas, familias acogedoras, y familias adoptantes en situación de vulnerabilidad social
- Programas de fomento de la empleabilidad dirigidos a familias monoparentales y/o numerosas tendentes a favorecer el acceso y mantenimiento del empleo y la inserción socio laboral.
- Acciones de apoyo y acompañamiento a las familias dirigidas a facilitar sus relaciones con las Administraciones Públicas. Acciones informativas o de asesoramiento dirigidas a familias monoparentales, numerosas, acogedoras y/o adoptantes.
- Servicios de atención inmediata, de acompañamiento, orientación y apoyo psicológicos y de apoyo a la crianza para familias monoparentales o numerosas, acogedoras y/o adoptantes.
- Acciones formativas destinadas a familias monoparentales, numerosas, acogedoras y/o adoptantes enfocadas al ejercicio de una parentalidad positiva.
-
TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
-
29/12/2023Justificación de la subvención. Se abre plazo del 1 de enero al 29 de febrero de 2024.
La presentación de justificación de la subvención se realizará mediante el servicio de tramitación digital Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
-
23/11/2023Resolución de la convocatoria
Contra la siguiente resolución puedes presentar recurso potestativo de reposición del 24 de noviembre al 26 de diciembre de 2023.
-
13/10/2023Propuesta de resolución provisional de concesión y denegación. Se abre plazo de presentación de alegaciones del 16 al 20 de octubre de 2023
La presentación de alegaciones de la solicitud se realizará mediante el servicio de tramitación digital Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
-
Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 14/09/2023 Fecha de fin: 27/09/2023
Destinatarios
Entidades sin ánimo de lucro.
Requisitos
Requisitos
Deberán reunir, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener durante todo el período subvencionado los siguientes requisitos:
- Tener personalidad jurídica propia y estar válidamente constituida.
- Ser de naturaleza jurídica privada.
- Carecer de ánimo de lucro.
- Desarrollar las acciones subvencionables en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid
- Estar al corriente de tus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
- Estar inscritas, cuando proceda, en el Registro administrativo correspondiente.
- Para las acciones realizadas dentro de la línea 1, estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de la Comunidad de Madrid.
- No encontrarte incursa en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiaria, establecidas en la normativa de subvenciones.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Declaración responsable del representante legal de la entidad en relación a que el proyecto presentado no se encuentra financiado mediante contrato, convenio o concierto con la Consejería de Familia, Juventud y Política Social (Anexo 2)
- Documentación acreditativa del poder de representación de la persona firmante de la solicitud.
- Copia de los estatutos vigentes de la entidad solicitante.
- Documentación acreditativa de que la entidad carece de ánimo de lucro.
- Memoria general de la entidad (Anexo 3).
- Proyecto de la entidad para el que solicita subvención (Anexo 4).
- Declaración responsable firmada digitalmente por el representante legal en la que se haga constar que la entidad solicitante no concurre ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo 5).
- Declaración responsable firmada digitalmente por el representante legal de la entidad de otras ayudas concurrentes (Anexo 6).
- Declaración responsable firmada digitalmente por el representante legal de la entidad en la que se indique que todo el personal de la entidad (incluido el voluntario), al que corresponde la realización de las actividades objeto de la subvención que impliquen contacto habitual con menores, no ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual o cualquier delito de trata de seres humanos (Anexo 7).
- Declaración responsable firmada digitalmente por el representante legal de la entidad como responsable de los tratamientos de los datos personales, desarrollados como consecuencia de la actividad subvencionada, por la que asume cumplir con las obligaciones jurídicas, técnicas y organizativas establecidas en el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales. (Anexo 8).
- En el caso de que en las acciones subvencionables participe personal voluntario, deberá adjuntarse copia del seguro suscrito por la entidad, junto con su justificante de pago o en su caso garantía financiera de los mismos a los que se refiere, el artículo 10.1.e. de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, del Voluntariado y el artículo 6.c de la Ley 1/2015, de 24 de febrero, de Voluntariado en la Comunidad de Madrid.
- Documentación acreditativa de la titulación, contratos y porcentaje de dedicación al proyecto de cada profesional de atención directa que participe en las acciones subvencionables.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
- NIF, NIE o de la tarjeta de identificación de extranjeros (TIE), del representante legal de la Entidad que solicita la subvención.
- Certificado de la Tesorería General de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Hacienda Estatal (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas relacionadas con este trámite, dispones del correo electrónico: caef@madrid.org
Documentación de interés
Tramitación
Resumen proceso de tramitación Convocatoria Familias Vulnerables
Apertura del plazo de presentación de Solicitudes junto a la documentación correspondiente que deberá ser presentada en Registro Electrónico.
Estudio del expediente para comprobación de cumplimiento de requisitos y de la documentación del mismo, en el caso de que la documentación preceptiva este incompleta se requerirá al interesado para que aporte la misma en un plazo de 10 días hábiles tras la notificación, en el caso de no ser entregada la solicitud se tendrá por desistida.
La subvención se otorgará con arreglo al sistema de concurrencia competitiva, para lo cual se aplicarán los baremos establecidos en el artículo 13 de las Bases Reguladoras de la Subvención con los criterios para la valoración y concesión. Tras la valoración de las solicitudes la Comisión de Valoración será la encargada de emitir un informe-propuesta para resolver la convocatoria.
El informe será revisado por la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, la cual formulará una propuesta de resolución provisional, en la que figurará la relación de entidades solicitantes para las que se propone la concesión, la denegación, o en su caso, el desistimiento de la subvención. Dicha relación se publicará en el Portal de la Administración Electrónica de la Comunidad de Madrid.
Tras la publicación de la Propuesta de Resolución provisional se abrirá un plazo de 10 días hábiles para la formulación de alegaciones. Una vez examinadas y resueltas las alegaciones presentadas se formulará una propuesta de resolución definitiva.
La resolución definitiva de concesión y denegación de las ayudas solicitadas será notificada a las entidades interesadas mediante su publicación en el Portal de la Administración Electrónica de la Comunidad de Madrid.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Seis meses
Normativa
- Orden 2726/2023, de 15 de septiembre, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se declara la aplicación de la tramitación de urgencia a los expedientes de solicitud de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro y el tejido asociativo de la Comunidad de Madrid que desarrolle proyectos dirigidos a apoyar y proteger a las familias que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad social para 2023 (BOCM nº 224, de 20 de septiembre).
- Extracto de la Orden 2667/2023, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro y el tejido asociativo de la Comunidad de Madrid que desarrolle proyectos dirigidos a apoyar y proteger a las familias que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad social para 2023 (BOCM nº 218, de 13 de septiembre)
- Extracto de la Orden 2667/2023, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro y el tejido asociativo de la Comunidad de Madrid que desarrolle proyectos dirigidos a apoyar y proteger a las familias que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad social para 2023 (BOCM nº 218, de 13 de septiembre)
- Orden 2376/2023, de 25 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro y el tejido asociativo de la Comunidad de Madrid que desarrolle proyectos dirigidos a apoyar y proteger a las familias que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad social (BOCM nº 178, de 28 de julio)
- Orden 2667/2023, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro y el tejido asociativo de la Comunidad de Madrid que desarrolle proyectos dirigidos a apoyar y proteger a las familias que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad social para 2023.
Órgano Responsable
Te puede interesar
- 04 abril 2023
- 31 octubre 2022
- 21 julio 2022
- 04 abril 2023
- 31 octubre 2022
Convocatorias anteriores
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).