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Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.

El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Resumen proceso de tramitación Convocatoria Familias Vulnerables

Apertura del plazo de presentación de Solicitudes junto a la documentación correspondiente que deberá ser presentada en Registro Electrónico.

Estudio del expediente para comprobación de cumplimiento de requisitos y de la documentación del mismo, en el caso de que la documentación preceptiva este incompleta se requerirá al interesado para que aporte la misma en un plazo de 10 días hábiles tras la notificación, en el caso de no ser entregada la solicitud se tendrá por desistida.

La subvención se otorgará con arreglo al sistema de concurrencia competitiva, para lo cual se aplicarán los baremos establecidos en el artículo 13 de las Bases Reguladoras de la Subvención con los criterios para la valoración y concesión. Tras la valoración de las solicitudes la Comisión de Valoración será la encargada de emitir un informe-propuesta para resolver la convocatoria.

El informe será revisado por la Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad, la cual formulará una propuesta de resolución provisional, en la que figurará la relación de entidades solicitantes para las que se propone la concesión, la denegación, o en su caso, el desistimiento de la subvención. Dicha relación se publicará en el Portal de la Administración Electrónica de la Comunidad de Madrid.

Tras la publicación de la Propuesta de Resolución provisional se abrirá un plazo de 10 días  hábiles para la formulación de alegaciones. Una vez examinadas y resueltas las alegaciones presentadas se formulará una propuesta de resolución definitiva.

La resolución definitiva de concesión y denegación de las ayudas solicitadas será notificada a las entidades interesadas mediante su publicación en el Portal de la Administración Electrónica de la Comunidad de Madrid.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Seis meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Orden 2376/2023, de 25 de julio , de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro y el tejido asociativo de la Comunidad de Madrid que desarrolle proyectos dirigidos a apoyar y proteger a las familias que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad social.

Calendario de actuaciones

Contacto y ayuda

Documentos de interés

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Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

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