Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Entidades sin ánimo de lucro.
Requisitos
- Tener personalidad jurídica propia y estar válidamente constituida.
- Ser de naturaleza jurídica privada.
- Carecer de ánimo de lucro.
- Desarrollar las acciones subvencionables en la Comunidad de Madrid.
- Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo si están debidamente garantizadas.
- Estar inscritas, cuando proceda, en el Registro administrativo correspondiente.
- Estar inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios de la Comunidad de Madrid para las acciones realizadas dentro de la línea 1.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Cumplir con las obligaciones jurídicas, técnicas y organizativas establecidas de la normativa de protección de datos personales.
- El personal de la entidad (incluido el voluntariado), al que le corresponda la realización de las actividades objeto de la subvención que impliquen contacto habitual con menores, no puede haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexual.
- Ejecutar los proyectos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2026.
- El proyecto presentado no puede estar financiado mediante contrato, convenio o concierto con la consejería competente en materia de familia.
Estos requisitos se deben reunir a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener durante todo el período subvencionado.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Declaración responsable del representante legal de la entidad en relación a que el proyecto presentado no se encuentra financiado mediante contrato, convenio o concierto con la Consejería con competencias en materia de familia (Anexo 1).
- Documentación acreditativa del poder de representación de la persona firmante de la solicitud.
- Copia de los estatutos vigentes de la entidad solicitante.
- Documentación acreditativa de que la entidad carece de ánimo de lucro.
- Memoria general de la entidad (Anexo 2).
- Proyecto de la entidad para el que solicita subvención (Anexo 3).
- Declaración responsable firmada digitalmente por el representante legal en la que se haga constar que la entidad solicitante no concurre ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo 1).
- Declaración otras ayudas concurrentes (Anexo 4).
- Declaración responsable firmada digitalmente por el representante legal de la entidad en la que se indique que todo el personal de la entidad (incluido el voluntario), al que corresponde la realización de las actividades objeto de la subvención que impliquen contacto habitual con menores, no ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual o cualquier delito de trata de seres humanos (Anexo 1).
- Declaración responsable firmada digitalmente por el representante legal de la entidad como responsable de los tratamientos de los datos personales, desarrollados como consecuencia de la actividad subvencionada, por la que asume cumplir con las obligaciones jurídicas, técnicas y organizativas establecidas en el Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales (Anexo 1).
- Copia del último recibo abonado del Impuesto de Actividades Económicas o documentación acreditativa de que la Entidad está exenta del pago en el citado Impuesto. En caso de que la entidad esté exenta deberá aportarse declaración responsable suscrita y firmada digitalmente por el representante legal de la entidad en la que se acredite que la entidad continua de alta en la matrícula del citado impuesto.
- En el caso de que en las acciones subvencionables participe personal voluntario, deberá adjuntarse copia del seguro suscrito por la entidad, junto con su justificante de pago o en su caso garantía financiera de los mismos a los que se refiere, el artículo 10.1.e. de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, del Voluntariado y el artículo 6.c de la Ley 1/2015, de 24 de febrero, de Voluntariado en la Comunidad de Madrid.
- Documentación acreditativa de la titulación, contratos y porcentaje de dedicación al proyecto de cada profesional de atención directa que participe en las acciones subvencionables.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF, NIE o tarjeta de identificación de extranjeros (TIE), del representante legal de la Entidad que solicita la subvención.
- Certificado de la Tesorería General de estar al corriente de pagos con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Hacienda Estatal (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 1396/2026, de 20 de mayo, del a Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro y el tejido asociativo de la Comunidad de Madrid que desarrollen proyectos dirigidos a apoyar y proteger a las familias que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad social para 2026. Línea 1 (BOCM nº 132, de 5 de junio).
- Extracto de la Orden1396/2026, de 20 de mayo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro y el tejido asociativo de la Comunidad de Madrid que desarrollen proyectos dirigidos a apoyar y proteger a las familias que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad social para 2026. Línea 2 (BOCM nº 132, de 5 de junio).
- Orden 2376/2023, de 25 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro y el tejido asociativo de la Comunidad de Madrid que desarrolle proyectos dirigidos a apoyar y proteger a las familias que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad social (BOCM nº 178, de 28 de julio).
- Orden 1396/2026, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro y el tejido asociativo de la Comunidad de Madrid que desarrollen proyectos dirigidos a apoyar y proteger a las familias que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad social para 2026 (Base de Datos Nacional de Subvenciones).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Infancia, Familia y Fomento de la Natalidad
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 08/06/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición.
Una vez evaluada cada solicitud conforme al baremo y a los criterios de valoración, la Comisión de Valoración determinará la puntuación que corresponde a cada una de ellas. Se financiarán los proyectos de mayor a menor puntuación hasta agotar el crédito disponible.
La dirección general responsable resolverá la concesión o denegación de la subvención. Esta resolución se publicará en el calendario de actuaciones de este trámite.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al de su publicación:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no se ha publicado la resolución, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 08/06/2026 Fecha de fin: 26/06/2026
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Contacto
Área de Familias de la Subdirección General de Familia y Fomento de la Natalidad
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud