Información adicional
Gastos Subvencionables:1. La ejecución de obra civil de nuevas instalaciones, ampliaciones y remodelaciones de los centros de acogida de animales abandonados.
2. Los bienes de equipamiento directamente relacionados con el cuidado de los animales, incluyendo los medios de lectura de microchips.
3. La adecuación de espacios públicos urbanos especialmente habilitados para los perros.
4. La esterilización de los perros y gatos que ingresan en el albergue y vayan a ser dados de adopción, siempre y cuando sean residentes en el albergue y la misma no se repercuta al adoptante. Y la esterilización e identificación de gatos de colonias felinas controladas.
5. Gastos corrientes del centro de acogida de animales abandonados.
Criterios de valoración:
1. Mancomunidades de municipios en materia de recogida de animales, 20 puntos.
2. Municipios de hasta 15.000 habitantes, 20 puntos.
3. Colaboración con asociaciones de defensa de los animales en los últimos dos años, hasta 20 puntos.
4. Pertenencia a la página Adanweb o a la aplicación Mascomad, siempre y cuando la información de los animales en adopción se mantenga actualizada, 20 puntos.
5. Otras actividades divulgativas y de promoción de la protección animal en los últimos dos años, hasta 10 puntos.
6. No haber obtenido subvención a cuenta de la presente línea de ayudas en el ejercicio anterior, 10 puntos.
Normativa
* Extracto de la Orden 1396/2019, de 2 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se convocan para el año 2019 las ayudas destinadas a las Entidades Locales, para fomentar la protección de los animales de compañía en la Comunidad de Madrid reguladas por la Orden 1125/2017, de 25 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, modificada por la Orden 26/2018, de 30 de mayo. BDNS 467252 (BOCM nº 179, de 30 de julio)
* Extracto de la Orden 1396/2019, de 2 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se convocan para el año 2019 las ayudas destinadas a las Entidades Locales, para fomentar la protección de los animales de compañía en la Comunidad de Madrid reguladas por la Orden 1125/2017, de 25 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, modificada por la Orden 26/2018, de 30 de mayo. BDNS 467253 (BOCM nº 179, de 30 de julio)
* Orden 26/2018, de 30 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se modifica la Orden 1125/2017, de 25 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras de determinadas ayudas destinadas a fomentar la protección de los animales de compañía en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 144, de 18 de junio).
* Orden 1125/2017, de 25 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se aprueban las bases reguladoras de determinadas ayudas destinadas a fomentar la protección de los animales de compañía en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 160, de 7 de julio).