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Requisitos
1. Entidades locales de la Comunidad de Madrid, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.
2. Las entidades que contraten a personas desempleadas a través de esta medida de política activa de empleo deberán ser competentes para la ejecución de las obras o servicios correspondientes a los puestos de trabajo para los que se solicita la subvención; tener capacidad técnica y de gestión para la impartición de la formación; y deberán hallarse al corriente
de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
3. La capacidad técnica y de gestión para la impartición de la formación se acreditará mediante la identificación en la solicitud del centro de formación o el personal docente externo que prevea impartir los contenidos formativos transversales que figuran en la solicitud.
4. En ningún caso podrán ser beneficiarias las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2y3del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Se podrán consultar los requisitos de los participantes en el Programa en el apartado Información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.
Documentación
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Se podrá consultar el resto de documentación a presentar en el apartado información relacionada (Botón de Tramitar al principio de esta ficha).
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, de acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Información adicional
La subvención estará destinada a sufragar los siguientes gastos derivados de la participación de las personas desempleadas en este Programa:
a) Los costes salariales y de cotización a la Seguridad Social por todos los conceptos, derivados del contrato de trabajo suscrito con las personas desempleadas participantes, hasta el máximo determinado en los apartados 2 y 3 de este artículo. La contratación deberá formalizarse para un centro de trabajo de la entidad solicitante con domicilio en la Comunidad de Madrid.
b) Los costes de la impartición de la formación, hasta el máximo determinado en los apartados 2 y 3 de este artículo. Entre los mismos se incluirán los costes de la evaluación y los de identificación y publicidad que puedan establecerse en la resolución por la que se concede la subvención.
El período subvencionable será el correspondiente a los seis primeros meses de duración del contrato de trabajo.
Se podrá consultar la el crédito presupuestario disponible, en el apartado Información relacionadaen el apartado de documentación.
Normativa
* Extracto de la Orden de 23 de junio de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se convocan las subvenciones en el año 2016 para la realización del programa de reactivación profesional para personas desempleadas de larga duración mayores de 30 años (BOCM nº 159, de 6 de julio)
* Orden de 17 de junio de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las Subvenciones de los Programas de Formación en Alternancia con la Actividad Laboral para Personas Desempleadas de Larga Duración Mayores de 30 años (BOCM nº 145, de 20 junio)
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Economía y Empleo
- Dirección General del Servicio Público de Empleo
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Descargar" y rellena el formulario. Al finalizar, pulsa "Guardar".
- Elige la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Accede al "Registro electrónico" e incluye el formulario relleno. En la siguiente pantalla puedes adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Imprimir" el formulario relleno y fírmalo.
- Preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano de la Comunidad de Madrid.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 07/07/2016 Fecha de fin: 30/07/2016
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud