Información y documentación
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid con una población entre 2.500 y 20.000 habitantes. El dato se obtiene a partir de la última revisión del Padrón Municipal a fecha de publicación de la convocatoria, según las cifras de población del Instituto Nacional de Estadística.
Requisitos
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- No tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo si están debidamente garantizadas. Estas obligaciones se consideran cumplidas si las deudas están aplazadas, fraccionadas o se ha acordado la suspensión como consecuencia de impugnación. Cualquiera de estas circunstancias debe acreditarse mediante la presentación de una copia de la resolución en la que se conceden. En cualquier caso, el órgano gestor solicitará de oficio el certificado de estar al corriente de pago con la Hacienda de la Comunidad de Madrid.
Los requisitos deben mantenerse hasta finalizar la tramitación del procedimiento, incluidas las fases de justificación y reconocimiento de las obligaciones.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Certificación del secretario del ayuntamiento del acuerdo de aprobación de la solicitud de subvención por el órgano municipal competente.
- Certificación del secretario del ayuntamiento acreditativa de la titularidad municipal de la instalación deportiva en la que se vaya a realizar la actuación objeto de la subvención.
- Proyecto de ejecución, firmado por un arquitecto o técnico competente y aprobado por el órgano municipal correspondiente, en los casos que proceda.
- En los casos en los que el proyecto no proceda, se deberá aportar informe o memoria valorada de la actuación firmado por un arquitecto o técnico competente en la materia.
- Certificado del secretario de la corporación de aprobación del proyecto por el órgano competente, en su caso.
- Declaración responsable respecto a la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, firmada por Alcalde o persona en quien delegue. En caso de delegación, deberá adjuntarse certificado de secretaría del acuerdo de delegación.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Cuantía total: El importe total destinado a esta convocatoria es de 1.100.000 euros.
Normativa
- Extracto de la Orden 1157/2026, de 18 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones a ayuntamientos de municipios de la Comunidad de Madrid de 2.500 a 20.000 habitantes, con la finalidad de mejorar la seguridad, accesibilidad, eficiencia energética, digitalización y el mantenimiento operativo de las instalaciones deportivas municipales para el año 2026 (BOCM nº 155, de 1 de julio).
- Orden 875/2026, de 8 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras destinadas a financiar las inversiones que los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid de 2.500 a 20.000 habitantes lleven a cabo en las instalaciones deportivas municipales, con la finalidad de mejorar la seguridad, accesibilidad, eficiencia energética, digitalización y el mantenimiento operativo de las mismas (BOCM nº 117, de 19 de mayo).
Órgano responsable
- Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Viceconsejería de Cultura, Turismo y Deporte
- Dirección General de Deportes
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 02/07/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada la solicitud, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital, si eliges la notificación electrónica al rellenar la solicitud.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
A continuación, publicaremos la lista provisional de solicitudes presentadas, admitidas y excluidas, con la causa de exclusión. Se abrirá un plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos) desde el día siguiente a la publicación para subsanar (corregir) las solicitudes. Si el ayuntamiento solicitante no subsana la solicitud, entenderemos que desiste de su petición.
Una vez evaluada cada solicitud conforme al baremo y a los criterios de valoración, la Comisión de Evaluación determinará las cantidades que corresponden a cada una de ellas.
La dirección general responsable en materia de deportes emitirá la propuesta de resolución, a partir de la que la persona titular de la consejería competente dictará la orden de concesión o denegación de la subvención.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al de su publicación:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no se ha publicado la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 02/07/2026 Fecha de fin: 22/07/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Subdirección General de Instalaciones Deportivas
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud