Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Entidades sin ánimo de lucro.
Requisitos
Requisitos de las entidades solicitantes:
- Presentar como máximo cuatro solicitudes, dos para cada tipo de proyecto.
- Carecer de fin de lucro.
- Garantizar la democracia interna en la composición de sus órganos de gobierno cuando se trata de asociaciones.
- Tener fines institucionales adecuados a la finalidad de la subvención y a la realización de las actividades consideradas subvencionables recogidos en sus estatutos o normas fundacionales.
- Tener personalidad jurídica propia.
- Estar legalmente constituidas y constar inscritas en el registro que le corresponda de acuerdo con su naturaleza jurídica.
- Acreditar la disponibilidad de recursos humanos adecuados que se van a destinar a la ejecución del proyecto. Es necesario indicar si son de titularidad propia o si su disponibilidad proviene de cualquier otra atribución válida en derecho.
- No tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid, salvo que estén debidamente garantizadas.
- Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, salvo si están exoneradas de acuerdo con la normativa aplicable.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Cumplir con las obligaciones que en materia de protección de datos personales impone al responsable de tratamiento la normativa vigente.
Requisitos de los proyectos:
- Ser promovidos por entidades sin ánimo de lucro.
- Desarrollar los talleres de los proyectos en la Comunidad de Madrid.
- Celebrar los talleres en centros educativos de la Comunidad de Madrid. En la organización se debe respetar:
- El equilibrio entre colegios públicos y privados concertados. El porcentaje de ninguno de ellos puede ser inferior al 40 por 100 de los talleres realizados.
- El equilibrio territorial. El 80 por 100 de los talleres debe celebrarse fuera de la ciudad de Madrid.
- Destinar los talleres a alumnado de educación primaria, secundaria, bachillerato o formación profesional de la Comunidad de Madrid.
- Diseñar los contenidos y metodología de los talleres dando prioridad a las necesidades y peculiaridades de las edades del alumnado al que van dirigidos.
- Los talleres deben tener una duración de dos horas lectivas.
- Contar con un interlocutor responsable del seguimiento técnico de las actividades.
- Tener presente de manera transversal en todas las actuaciones la perspectiva de género, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la prevención de la violencia de género y la innovación social.
- No incurrir en ningún tipo de sobrefinanciación por acumulación de ayudas o subvenciones de carácter público o privado para ninguno de los costes del proyecto subvencionado.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Acreditación de la personalidad jurídica de la entidad, mediante copia de los estatutos o normas fundacionales debidamente legalizados y actualizados.
- Documentación acreditativa de la capacidad legal de la persona firmante como representación legal de la entidad (poder notarial, acuerdo junta directiva, consejo de administración, etc.) en el caso de que en los estatutos no aparezca.
- Memoria general de la entidad (Anexo A).
- Memoria del proyecto, según tipología de proyecto (Anexo B-1 y Anexo B-2).
- Declaración responsable de la acreditación de representante legal de la entidad solicitante (Anexo C).
- Declaración responsable del Responsable o del Encargado de Tratamiento de Datos de la entidad de que dicho tratamiento se realiza de conformidad con la normativa aplicable (Anexo D).
- En su caso:
- Informe de auditoría externa de las cuentas de la entidad en el último ejercicio cerrado.
- Contrato de seguro de responsabilidad civil y su justificante de pago (si la ejecución del proyecto estuviera ya iniciada).
- Contrato de seguro de personal voluntario (si la ejecución del proyecto estuviera ya iniciada).
- En su caso:
- Certificado exención de declaración del IVA.
- Certificado exención del IAE (si causas exención artículo 82.1 Apartados e) y f) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo).
- Último pago del IAE.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.
- DNI o NIE del representante legal de la entidad.
- Certificado de estar al corriente de pago de la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Extracto de la Orden 385/2026, de 27 de febrero, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convoca para el año 2026, las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actuaciones dirigidas a potenciar el deporte entre las mujeres con discapacidad, con especial atención a víctimas de violencia de género (BOCM nº 66, de 19 de marzo).
- Orden 2868/2023, de 26 de septiembre, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actuaciones dirigidas a potenciar el deporte entre las mujeres con discapacidad, con especial atención a víctimas de violencia de género (BOCM nº 246, de 16 de octubre).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de la Mujer
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
El plazo para presentar esta solicitud se abre el 20/03/2026. Si lo deseas, puedes activar los avisos para que te lo recordemos.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición.
La dirección general competente emitirá la propuesta de resolución provisional y se abrirá un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones y las memorias adaptadas.
Una vez resultas las alegaciones y las memorias adaptadas publicaremos una nueva propuesta de resolución definitiva. Las entidades dispondrán de un plazo de 3 días hábiles para presentar el documento de aceptación del importe.
Transcurrido el plazo de presentación de los documentos de aceptación, la persona titular de la consejería competente dictará la resolución definitiva de concesión o denegación de la subvención que se publicará en la sede electrónica.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden o no la has recibido, puedes presentar un recurso de alzada en los siguientes plazos:
- 1 mes desde el día siguiente al que recibas la orden.
- En cualquier momento a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución, si no la has recibido.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 20/03/2026 Fecha de fin: 13/04/2026
Contacto y ayuda
Contacto
Subdirección General de Mujer e Igualdad de Oportunidades
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud