Información adicional
El período subvencionable será el correspondiente a los nueve primeros meses de duración del contrato de trabajo.
Cuantía
1. El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de esta convocatoria durante el año 2018, asciende a 9.000.000 de euros.
2. Las subvenciones serán objeto de cofinanciación por la Iniciativa de Empleo Juvenil y el Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020, con una tasa máxima del 91,89 por 100: Eje prioritario 5; Prioridad de inversión: 8.2; Objetivo específico: 8.2.2; Medida: 8.2.2.5.
Normativa
* Extracto de la Orden de 29 de diciembre de 2017, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se convocan subvenciones en el año 2018 para la realización del Programa de cualificación profesional para personas jóvenes desempleadas de larga duración (BOCM nº 80, de 4 de abril de 2018)
* Orden de 8 de marzo de 2018, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se modifica la Orden de 17 de junio de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de los programas de formación en alternancia con la actividad laboral para personas jóvenes desempleadas de larga duración (BOCM nº 71, de 23 de marzo)
* Orden de 17 de junio de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las Subvenciones de los Programas de Formación en Alternancia con la Actividad Laboral para Personas Jóvenes Desempleadas de Larga Duración (BOCM nº 145, de 20 junio)