Última actualización: 23/09/2024

Descripción

  • Referencia
    A14
  • Descripción

    Ayudas para la realización del Programa de cualificación profesional para personas desempleadas de larga duración mayores de treinta años. Las subvenciones se destinarán a financiar los gastos salariales y de cotización a la Seguridad Social y los costes de formación derivados de la contratación de los trabajadores desempleados.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

Beneficiarios

Las entidades locales de la Comunidad de Madrid, sus organismos autónomos y entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependientes o asimiladas a las mismas, cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades locales.

Las entidades que contraten a personas desempleadas a través de esta medida de política activa de empleo deberán ser competentes para la ejecución de las obras o servicios correspondientes a los puestos de trabajo para los que se solicita la subvención; tener capacidad técnica y de gestión para la impartición de la formación; y deberán hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

La capacidad técnica y de gestión para la impartición de la formación se acreditará mediante la presentación con la solicitud de la documentación que demuestre que la entidad solicitante de la subvención cumple con alguna de estas exigencias:

  1. Estar acreditada como centro de formación para impartir el certificado de profesionalidad correspondiente a la ocupación solicitada o, en su caso, que ha solicitado a la Dirección General de Formación de la Comunidad de Madrid la acreditación como centro de formación para impartir el certificado de profesionalidad correspondiente a la ocupación solicitada, teniendo en cuenta que la declaración de instalaciones y equipamientos que presente con la solicitud deberán ser los establecidos en el Real Decreto del certificado de profesionalidad correspondiente a la ocupación solicitada. En este último caso, previo a la propuesta del solicitante como beneficiario de la subvención tendrá que haber obtenido la oportuna acreditación.
  2. Tener un preacuerdo firmado con un centro de formación acreditado por la Dirección General de Formación de la Comunidad para impartir el certificado de profesionalidad correspondiente a la ocupación solicitada.

En ningún caso podrán ser beneficiarias las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Destinatarios

  1. Podrán participar en este Programa los demandantes de empleo de 30 o más añosinscritos en las Oficinas de Empleo de la Comunidad de Madrid, que sean personas desempleadas de larga duración en los términos establecidos en el artículo 2 y que carezcan de cualificación profesional reconocida, por el sistema educativo o el sistema de formación profesional para el empleo, para el desempeño de la ocupación.
    Con el fin de favorecer la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el acceso al empleo, al menos, la mitad de las personas desempleadas participantes en este programa serán mujeres, sin perjuicio de los dispuesto en el apartado 1 del artículo 21.
  2. Entre ellos, tendrán prioridad para su participación, los desempleados que no perciban prestaciones ni subsidios por desempleo u otras rentas por desempleo.
  3. En función de la evolución anual del mercado de trabajo en la Comunidad de Madrid, la convocatoria de subvenciones podrá priorizar otros colectivos de desempleados distintos a los señalados en este artículo.

Documentación a presentar

Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

  • Documentos que se aportan junto a la solicitud:
  1. Certificado de aprobación, según anexo de la convocatoria
  2.  En el caso de Mancomunidades de municipios, certificación emitida por quién ostente la competencia de fe pública de la entidad, de la fecha de creación, fines estatutarios, identificación del presidente y de la relación de los municipios que la componen, según anexo de la convocatoria
  3.  En el caso de organismos autónomos o entidades con competencias en materia de promoción de empleo, dependiente o asimilada a una entidad local, certificación emitida por quién ostente la competencia de fe pública de la entidad, de la fecha de creación, fines estatutarios, identificación del presidente-gerente o equivalente que ejerza la función directiva, según anexo de la convocatoria
  4.  En el caso de que la formación se imparta por un centro formativo externo acreditado, acuerdo de colaboración, según anexo de la convocatoria
  • La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:
  1. Copia del DNI / NIE del representante de la entidad solicitante 
  2. Copia del NIF de la entidad solicitante
  3. Certificado de estar al corriente de pago de la Agencia Tributaria 
  4. Certificado de estar al corriente de pago de la Seguridad Social

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Cuantía

El importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de esta convocatoria durante el año 2021 asciende a 16.000.000,00 de euros.

Documentación de interés

Datos_desempleo por municipio a diciembre de 2020
Descargar
34.99 KB
Anexos seguimiento y pagos 2021
Descargar
2.71 MB
Anexos Justificación
Descargar
688.18 KB

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General del Servicio Público de Empleo

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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