Última actualización: 03/07/2024

Descripción

  • Referencia
    A534
  • Descripción

    Ayudas para viticultores que realizan cosecha en verde de viñedo para el año 2024 en la Comunidad de Madrid financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 15/04/2024 Fecha de fin: 29/04/2024

Destinatarios

Viticultores cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación.

Requisitos

  1. Estar inscritos en el Registro Vitícola de la Comunidad de Madrid como explotador/cultivador de las parcelas solicitadas, así como sus parcelas objeto de la ayuda.
  2. Los viñedos deberán estar destinados a la producción de uva para vinificación.
  3. Las solicitudes se realizarán por una superficie mínima igual o superior a 0,3 hectáreas por parcela y menor de 10 hectáreas de superficie total por solicitud. Cuando una parcela vitícola no constituya la totalidad de un recinto Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas (SIGPAC), se deberá aportar el croquis correspondiente.
  4. La cosecha sólo podrá hacerse de manera manual o mecánica, NO QUÍMICA y con mano de obra ajena (presentación de facturas), no estando incluida en la ayuda la cosecha con mano de obra propia.
  5. Solo podrán acogerse a la ayuda a la cosecha en verde las solicitudes de parcelas vitícolas completas destinadas a la producción de uva para vinificación y que se deben plantar antes a las tres campañas anteriores a la que se solicita la ayuda.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid, en función de la solicitud que presentes.

Documentos a aportar junto a la solicitud:

  1. Anexo I de la Ayuda sobre la localización y datos de las parcelas vitícolas sobre las que se solicita Cosecha en Verde y sus características.
  2. Autorización para la realización de los trámites electrónicos si no es el solicitante quien entrega la solicitud.
  3. Documentación que acredite la condición de parcela inscrita en Denominación de Origen Protegida “ Vinos de Madrid”, si así lo estuviera.
  4. Copia de las tres últimas declaraciones obligatorias de  las que disponga.
  5. Si la cuenta en la que se quiere solicitar el pago no se encuentra activa en el sistema de pagos de la Comunidad de Madrid, el interesado aportará certificado bancario que conserve firma digital.
  6. Si el interesado es persona jurídica, este trámite se realizará telemáticamente (procedimiento: datos personales de terceros).

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:

  1. NIF/NIE del viticultor/solicitante
  2. NIF/NIE del representante
  3. Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable)

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:

  1. Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
  2. Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Para consultas y dudas sobre este trámite, dispones del correo electrónico: vitiviniculturamadrid@madrid.org

Tramitación

  1. Las solicitudes, se someterán a control administrativo. Si falta documentación, se le requerirá dando un plazo de 10 días para aportarla.
  2. El listado de solicitudes admisibles se remitirá a la D General responsable  antes del 7 de Junio de 2024, quien deberá remitir la lista de solicitudes aprobadas antes del 15 de junio.
  3. Antes el 30 de junio, la Comunidad de Madrid deberá mandar las Resoluciones a los viticultores cuyas solicitudes hayan sido aprobadas.
  4. Los solicitantes que hayan recibido Resolución favorable, deberán comunicar el día que han realizado la Cosecha en verde, que tendrá una fecha máxima de realización y comunicación del 15 de julio de 2024.
  5. Los controles de campo, por parte de la Administración, deberán estar finalizados antes del 31 de julio.
  6. Una vez comprobada en campo la realización de la medida de cosecha en verde, se tramitará el pago de la ayuda según lo comprobado.

Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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