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Requisitos
Se podrán consultar los requisitos, en el apartado Información relacionada, pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será como máximo en los tres meses siguientes a la fecha de alta en la Seguridad Social.
Documentación
1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten"
Normativa
* Orden de 13 de diciembre de 2018, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, de tramitación anticipada por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa, durante el año 2019, de subvenciones, destinadas al fomento de la contratación estable de jóvenes con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, en el marco de la implantación de la garantía juvenil en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 27, de 1 de febrero de 2019).
* Orden de 13 de diciembre de 2016, de la Consejera de Economía, Empleo y Hacienda, de tramitación anticipada por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa, durante el año 2017, de subvenciones, destinadas al fomento de la contratación estable de jóvenes con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo, en el marco de la implantación de la Garantía Juvenil en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 31, de 6 de febrero)
* Acuerdo de 9 de agosto de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la Iniciativa de Empleo Juvenil dentro del Programa Operativo de Empleo Juvenil, para la contratación estable de jóvenes con discapacidad, en el mercado ordinario de trabajo, en el marco de la implantación de la Garantía Juvenil en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 215, de 8 de septiembre).
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Economía y Empleo
- Dirección General del Servicio Público de Empleo
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Pago de tasas
La tasa se puede pagar mediante tarjeta bancaria, Bizum, cargo en cuenta, o bien, se puede descargar el modelo para su pago presencial.
Presenta la solicitud
Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir
a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
El plazo para presentar esta solicitud ha finalizado.
Acciones sobre la solicitud
Calendario de actuaciones
| 01/02/2019 | Orden de 13 de diciembre de 2018, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para la concesión directa, durante el año 2019 (BOCM nº 27, de 1 de febrero de 2019). |
Plazos y efectos del silencio administrativo
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud