Descripción

  • Referencia
    75306
  • Descripción

    Procedimiento para la concesión de subvenciones para la integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid.

     Plazo de presentación de solicitudes
    1º Convocatoria: Inicio: 15 de julio de 2016| Fin: 2 de agosto de 2016.
    2ª ConvocatoriaInicio: 5 de diciembre de 2016| Fin: 20 de diciembre de 2016.

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 05/12/2016 Fecha de fin: 20/12/2016

Requisitos

1. Entidades titulares de los Centros Especiales de Empleo y dichos Centros cuando tengan personalidad jurídica propia y figuren debidamente inscritos y calificados en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad de Madrid.
2. Centros Especiales de Empleo a los que se ha hecho referencia, para los costes salariales vinculados a centros de trabajo situados en el territorio de la Comunidad de Madrid.
3. Los beneficiarios deberán reunir los siguientes requisitos:
    a) Hallarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.
    b) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la Comunidad de Madrid.
    c) Haber realizado el plan de prevención de riesgos laborales a que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, de conformidad con lo dispuesto en el apartado f) del artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
4. No podrán ser beneficiarios de estas ayudas los Centros Especiales de Empleo en proceso de descalificación, a partir del momento en que se haya dictado Acuerdo de Inicio de Descalificación.
5. No podrán ser beneficiarios de estas subvenciones aquellas empresas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Se podrá consultar el resto de documentación a presentar en el apartado información relacionada (Botón de Tramitar al principio de esta ficha).

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.

Presentación de solicitudes

Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.

a) Por Internet (Ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.

En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

b) Presencial

Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

   

Documentación de interés

Documentación
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Orden de la 2º convocatoria
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Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Viceconsejería de Economía y Empleo
Dirección General del Servicio Público de Empleo

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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