Descripción

  • Referencia
    89243
  • Descripción

    Ayudas al almacenamiento privado de leche desnatada en polvo elaborada con leche de vaca.

    Los importes de ayuda para el almacenamiento se han fijado por anticipado y son:

    1. 5,11 euros por tonelada de almacenamiento para gastos fijos de almacenamiento;
    2. 0,13 euros por tonelada y día de almacenamiento contractual.

    La ayuda sólo podrá concederse cuando el período de almacenamiento contractual se encuentre entre 90 y 180 días.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 07/05/2020 Fecha de fin: 30/06/2020

Requisitos

  1. Todos aquellos agentes económicos que presenten solicitudes ante las autoridades competentes de las comunidades autónomas donde radique el almacén frigorífico en el que se vayan a almacenar los productos.
  2. La cantidad mínima admisible por la que se puede presentar una solicitud de ayuda es de 10 toneladas de leche desnatada en polvo que ya haya sido almacenada.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes. 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos. 

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Plazo de presentación de solicitud de ayuda a partir del 7 de mayo y hasta el 30 de junio de 2020, ambos incluidos.

Documentación de interés

Reglamento de ejecución (UE) 2020/598
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Normativa

Órgano Responsable

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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