Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Podrán optar a la ayuda al almacenamiento de carne de ovino y caprino, todos aquellos agentes económicos que presenten solicitudes ante las autoridades competentes de las comunidades autónomas donde radique el almacén frigorífico en el que se vayan a almacenar los productos.
La cantidad mínima admisible por la que se puede presentar una solicitud de ayuda es de 5 toneladas de carne fresca o refrigerada que aún no hayan sido almacenadas.
Documentación
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Normativa
- Reglamento de Ejecución (UE) 2020/595 de la Comisión de 30 de abril de 2020 por el que se concede una ayuda para el almacenamiento privado de carne de ovino y caprino y por el que se fija por anticipado el importe de la ayuda (DOUE nº 140, de 4 de mayo).
Órgano Responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos.
Para ello necesitas disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
- Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Puedes darte de alta accediendo a este enlace.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Si deseas más información sobre tramitación electrónica pulsa este enlace.
Consulta el estado y evolución
Acciones sobre la solicitud
Plazo de presentación de solicitud de ayuda a partir del 7 de mayo de 2020.
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud