Descripción
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ReferenciaA504
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Descripción
Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actuaciones dirigidas a potenciar el deporte entre las mujeres con discapacidad, con especial atención a víctimas de violencia de género y de actividades de sensibilización.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Calendario de actuaciones
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30/09/2024Ampliación de plazo de resolución y notificación
El nuevo plazo para resolver y notificar finaliza el 29 de noviembre de 2024.
Orden 2681/2024, de 19 de septiembre, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
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21/08/2024Propuesta de resolución definitiva de concesión y denegación
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24/07/2024Propuesta de resolución provisional de concesión y denegación. Se abre plazo para presentación de alegaciones y de memorias adaptadas del 26 de julio al 8 de agosto de 2024.
La presentación de alegaciones se realizará mediante el servicio Aportar documentos a la referencia de la solicitud de participación en la convocatoria.
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 03/04/2024 Fecha de fin: 23/04/2024
Destinatarios
Entidades sin ánimo de lucro.
Requisitos
Proyectos dirigidos a mujeres y niñas con discapacidad, orientados a aportarles los medios necesarios para que puedan realizar deporte sin importar su condición
- Ser promovidos por entidades sin ánimo de lucro.
- Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
- Estar dirigidos a mujeres y niñas con discapacidad de la Comunidad de Madrid.
- Deberán contener, como mínimo, los objetivos, actuaciones, ayudas, participantes, y descripción detallada de en qué se van a concretar las acciones subvencionables. En ningún caso, podrán contemplar actuaciones generales.
- Habrán de referirse y encuadrarse solamente en las acciones subvencionables dirigidas a mujeres y niñas con discapacidad, orientadas a aportarles los medios necesarios para que puedan realizar deporte sin importar su condición.
- No incurrir en el proyecto en ningún tipo de sobrefinanciación por acumulación de ayudas o subvenciones de carácter público o privado para ninguno de los costes del proyecto subvencionado.
Proyectos de sensibilización dirigidos al alumnado de la Comunidad de Madrid
- Ser promovidos por entidades sin ánimo de lucro.
- Los talleres que conforman los proyectos, deben desarrollarse en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y se celebrarán en centros educativos de la Comunidad de Madrid, en este sentido, las entidades beneficiarias se encargarán de respetar el equilibrio entre colegios públicos y privados concertados, sin poder el porcentaje de ninguno de ellos ser inferior al 40 por 100 de los talleres realizados y el equilibrio territorial, siendo necesario que un 80 por 100 de los mismos se celebren fuera de la ciudad de Madrid.
- Las personas destinatarias de estos talleres deberán ser el alumnado de educación primaria, secundaria, bachillerato o formación profesional la Comunidad de Madrid.
- En el diseño de los contenidos y metodología de los talleres se han de primar las necesidades y peculiaridades de las edades del alumnado a la que van dirigidos.
- Los talleres que conforman el proyecto deben tener una duración de dos horas lectivas.
- El proyecto deberá contar con un interlocutor que sea responsable del seguimiento técnico de las actividades.
- La perspectiva de género, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, la prevención de la violencia de género y la innovación social deberán estar presentes de manera transversal en todas las actuaciones del proyecto.
- No incurrir en el proyecto en ningún tipo de sobrefinanciación por acumulación de ayudas o subvenciones de carácter público o privado para ninguno de los costes del proyecto subvencionado.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Acreditación de la personalidad jurídica de la entidad, mediante copia de los estatutos o normas fundacionales debidamente legalizados y actualizados.
- Documentación acreditativa de la capacidad legal de la persona firmante como representación legal de la entidad (poder notarial, acuerdo junta directiva, consejo de administración, etc.) en el caso de que en los estatutos no aparezca.
- Memoria general de la entidad (Anexo A).
- Memoria del proyecto, según tipología de proyecto (Anexo B-1 y Anexo B-2).
- Declaración responsable de la acreditación de representante legal de la entidad solicitante (Anexo C).
- Declaración responsable del Responsable o del Encargado de Tratamiento de Datos de la entidad de que dicho tratamiento se realiza de conformidad con la normativa aplicable (Anexo D).
- En su caso:
- Informe de auditoría externa de las cuentas de la entidad en el último ejercicio cerrado.
- Contrato de seguro de responsabilidad civil y su justificante de pago (si la ejecución del proyecto estuviera ya iniciada).
- Contrato de seguro de personal voluntario (si la ejecución del proyecto estuviera ya iniciada).
- En su caso:
- Certificado exención de declaración del IVA.
- Certificado exención del IAE (si causas exención artículo 82.1 Apdos. e) y f) de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo).
- Último pago del IAE.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos salvo que te opongas de forma motivada, en cuyo caso deberás aportarlos:
- Tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.
- DNI/NIE del representante legal de la entidad.
- Certificado de estar al corriente de pago de la Seguridad Social.
La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos, si lo autorizas expresamente. De lo contrario, deberás aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para información relacionada con este trámite, puedes dirigirte al correo: subvenciones.sgigualdad@madrid.org
Documentación de interés
Tramitación
- Solicitud y subsanación: si la solicitud y la documentación presentadas no reúnen los requisitos exigidos, se requerirá a la entidad interesada para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
- Propuesta de resolución provisional: se publicará en el Calendario de actuaciones de este trámite, abriéndose el plazo para la presentación de alegaciones.
- Resolución definitiva: se publicará en el Calendario de actuaciones de este trámite.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Seis meses
Normativa
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Orden 2681/2024, de 19 de septiembre, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se amplía el plazo máximo para resolver y notificar establecido en el apartado decimonoveno de la Orden 608/2024, de 6 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convoca para el año 2024, las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actuaciones dirigidas a potenciar el deporte entre las mujeres con discapacidad, con especial atención a víctimas de violencia de género (BOCM nº 233, de 30 de septiembre).
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Extracto de la Orden 608/2024, de 6 de marzo, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convoca para el año 2024, las subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de actuaciones dirigidas a potenciar el deporte entre las mujeres con discapacidad, con especial atención a víctimas de violencia de género (BOCM nº 78, de 2 de abril).
Órgano Responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).