Información
Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Asociaciones profesionales representativas de:
- Autónomos
- Cooperativas
- Sociedades laborales
- Empresas de inserción
- Centros Especiales de Empleo
Requisitos
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado y de la Comunidad de Madrid y con la Seguridad Social.
- Realizar su actividad en la Comunidad de Madrid.
- Estar debidamente inscritas en el registro público correspondiente según el tipo de entidad.
- Disponer de al menos 2 trabajadores contratados directamente por la organización para prestar servicios de información y asesoramiento:
- A tiempo completo y de forma indefinida.
- Como mínimo durante todo el año natural anterior al de la presentación de la solicitud.
- Acreditar que cumplen con estos requisitos durante todo el año natural anterior al de la presentación de la solicitud.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Escritura de constitución o estatutos de la sociedad solicitante, que acrediten su domicilio social y la potestad de la persona que actúa y que firma la solicitud.
- Poder notarial que acredite la representación legal o autorización del solicitante. En el caso de representación mancomunada, cumplimentar Anexo VIII.
- Certificado de inscripción en el registro correspondiente.
- Vida laboral actualizada de la empresa del período subvencionable.
- Contratos de trabajo indefinidos firmados por la entidad, a jornada completa con los trabajadores objeto de la subvención.
- Relación de nóminas correspondientes, como máximo, a los doce meses del año inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud de la subvención y recibos bancarios justificativos del pago de dichas nóminas.
- Recibos de liquidación de cotizaciones, así como la relación nominal de trabajadores y recibos bancarios justificativos del pago, en relación a los doce meses del año respecto de los cuales se solicita subvención.
- Memoria justificativa y explicativa de las actuaciones de los asesores.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF en vigor de la entidad.
- NIF o NIE en vigor de la persona representante.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Acuerdo de 26 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de las subvenciones para el fomento del emprendimiento colectivo en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 310, de 30 de diciembre).
Órgano responsable
- Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Viceconsejería de Economía y Empleo
- Dirección General de Autónomos y Emprendimiento
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
La subvención se otorgará de forma directa a las solicitudes que cumplan todos los requisitos establecidos y mientras exista crédito disponible.
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que ha desistido de su petición.
La unidad administrativa responsable emitirá la propuesta de resolución, en base a la que la persona titular de la consejería competente en empleo dictará la orden de concesión o denegación de la subvención, que se notificará a la entidad solicitante.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Contacto y ayuda
Contacto
Área de Autónomos - Servicio de Economía Social y Responsabilidad Social de las Empresas
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud