Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera reconocidas por la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Estar inscritas en el registro de agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas.
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Requisitos específicos de la Línea A:
- Encontrarse reconocidas como ADSG antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como cumplir el resto de los requisitos previstos en la Ley de Subvenciones.
- Estar integradas por explotaciones de productores ganaderos en actividad.
- Las explotaciones beneficiarias finales de las ayudas deben estar registradas en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA).
- Realizar todos los controles y actuaciones sanitarias establecidas como obligatorias por la normativa vigente estatal y autonómica.
- Requisitos de las explotaciones ganaderas integradas en la ADSG para solicitar la Línea B:
- Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como cumplir el resto de los requisitos previstos en la Ley de Subvenciones. También debe cumplir este requisito la ADSG solicitante.
- Ser explotaciones de productores ganaderos en actividad.
- Tener la condición de PYMES de acuerdo con la legislación vigente (UE). También debe tener esta condición la ADSG solicitante.
- Estar inscrita en el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA). También la ADSG solicitante debe estar inscrita.
- No estar sujetas a una orden de recuperación pendiente. Aplicable también a la ADSG solicitante.
- No tener la condición de empresa en crisis tal y como se definen en la legislación vigente (UE).
- Cumplir los requisitos sanitarios específicos para la enfermedad rinotraqueítis infecciosa bovina, si se solicita.
- Cumplir los requisitos sanitarios específicos para la enfermedad agalaxia contagiosa ovina y caprina, si se solicita.
- Cumplir los requisitos sanitarios específicos para la enfermedad diarrea vírica bovina, si se solicita.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Escrituras de constitución o estatutos sociales y nota de inscripción actualizada en el Registro correspondiente.
- Certificación del acuerdo válidamente tomado en Junta o Asamblea General, haciendo constar en el mismo:
- Las ayudas que solicitan.
- Representante designado para solicitar la ayuda.
- Certificado bancario firmado digitalmente por la entidad bancaria que acredite que el interesado es titular de la cuenta.
- Relación de ganaderos que constituyen la ADS en el momento de la solicitud y que cumplan la condición de PYMES y de los códigos REGA de explotación indicando el censo de animales por explotación según el modelo del anexo II elaborada por el veterinario director técnico de la ADS o por el jefe de los Veterinarios de la ADS designado por el Presidente de la ADS en el caso de que hubiera más de uno, y firmado por el Presidente de la ADS.
- Para cada una de las Pymes integradas en las ADS, el Anexo III con la declaración de cumplimiento de los requisitos establecidos en el punto 3.2 de la presente Orden. Se presentarán de acuerdo al orden establecido en la relación de ganaderos.
- Declaración de la ADSG según modelo del Anexo IV del cumplimiento de los requisitos enumerados en el punto 3.2 de la presente Orden.
- Relación de los veterinarios designados para la ejecución de los programas y compromiso de los veterinarios de ejecutar los mismos.
- Programa Zootécnico-Sanitario firmado por el Veterinario Director Técnico y el presidente de la ADSG, con cronograma y planificación de las actividades de carácter zootécnico y sanitario que van a ser desarrolladas por la ADSG. En el mismo, se contemplarán como mínimo, las actuaciones recogidas, para las enfermedades establecidas en el Anexo VI de la presente Orden.
- Presupuesto detallado del gasto previsto en cada una de las dos líneas de ayuda contempladas en la presente Orden
- Compromiso de cumplimiento de todos los controles y actuaciones sanitarias establecidas como obligatorias por la normativa vigente estatal en el marco de los programas nacionales de erradicación y planes de control y de vigilancia o por la normativa autonómica en aquellos programas establecidos en el ámbito de la Comunidad Autónoma para la especie animal de que se trate y del cumplimiento de todas las medidas adicionales en materia sanitaria que se dispongan al efecto por los órganos competentes según las condiciones sanitarias de Ia zona y las características particulares de cada Agrupación firmado por el presidente de la ADS y Director Técnico Veterinario.
- Compromiso del titular de la explotación de los Programas Sanitarios frente a rinotraqueitis infecciosa bovina (IBR), agalaxia contagiosa en ovino y caprino o diarrea viral bovina (DVB).
- Último recibo acreditativo del pago del impuesto de Actividades Económicas.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- NIF del interesado.
- NIF o NIE del representante.
- Certificado de estar al corriente de pago con la Seguridad Social (en la fase del procedimiento en que sea exigible según la normativa aplicable).
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
- Alta en el impuesto de actividades económicas (IAE).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- Área de Ganadería
- Dirección: Calle Alcalá, 16. 28014 Madrid
- Teléfono: 914383146
- Correo electrónico: servicio.ganaderia@madrid.org
- Horario de atención al público: 09:00 a 14:00
Normativa
- Extractos de la Orden 5051/2025, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se convocan para el año 2026 las ayudas destinadas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas reguladas en la Orden 684/2016 de 28 de abril (BOCM 1, de 2 de enero) para la ejecución de:
- Orden 684/2016, de 28 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas.
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio
- Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito a la entidad solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos). Si no lo hace, entenderemos que ha desistido de su petición.
Una vez concedida la ayuda solicitada se abrirá un plazo de justificación.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al que la recibas:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no has recibido la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 03/01/2026 Fecha de fin: 02/02/2026
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Preguntas frecuentes
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud