Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Ayuntamientos que participan en el Programa de Apoyo a las Policías Locales de la Comunidad de Madrid (2026-2029).
Requisitos
- Tener al menos un policía en plantilla.
- La persona que firma la solicitud debe estar dada de alta en las Notificaciones electrónicas de la Comunidad de Madrid (NOTE).
- No encontrarse en las circunstancias que impiden recibir subvenciones, según la normativa de subvenciones.
- Estar al corriente del pago de sus obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Hacienda de la Comunidad de Madrid, así como con la Seguridad Social.
- No tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estuvieran debidamente garantizadas.
- En caso de presentar la aceptación una persona distinta al titular de la alcaldía es necesario aportar junto a la solicitud un documento de autorización.
Documentación
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Certificación municipal acreditativa del acuerdo del órgano competente de aceptación de la subvención.
- Certificación, en vigor, emitida por la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, haciendo constar expresamente que las cuentas del Ayuntamiento han sido recibidas por el citado Organismo.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente del pago de la Seguridad Social.
Documentos que podemos consultar si nos lo autorizas. Si no autorizas la consulta debes aportarlos:
- Certificado de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar con:
- División de Subvenciones
- Correo electrónico: Subvenciones.112@madrid.org
- Horario de atención: de 9:00 a 14:00 horas
Normativa
- Acuerdo de 23 de diciembre de 2025, del Consejo de Gobierno por el que se determinan las cuantías correspondientes a la anualidad de 2026 del programa de apoyo a las policías locales de la Comunidad de Madrid para los años 2026 a 2029 y se autoriza el gasto de tramitación anticipada en materia de personal por un importe de 65.868.431,30 euros.
- Extracto del Acuerdo de 23 de diciembre de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se determinan las cuantías correspondientes a la anualidad de 2026 del programa de apoyo a las policías locales de la Comunidad de Madrid para los años 2026 a 2029 y se autoriza el gasto de tramitación anticipada en materia de personal por un importe de 65.868.431,30 euros (BOCM nº 310, de 30 de diciembre).
- Acuerdo de 23 de diciembre de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el programa de apoyo a las policías locales de la Comunidad de Madrid para los años 2026 a 2029 y se autoriza el otorgamiento de la subvención por concesión directa para gastos de personal (BOCM nº 310, de 30 de diciembre).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
- Dirección de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
- Dirección General de Gestión Económica y Personal
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Consulta el estado y evolución
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Una vez presentada la solicitud, revisaremos su contenido y la documentación aportada.
Si falta algún documento o requisito, enviaremos un escrito al municipio solicitante para que subsane (corrija) lo necesario en el plazo de 10 días hábiles (de lunes a viernes, no festivos).
Si no lo hace, entenderemos que renuncia a su petición y dictaremos una resolución que así lo indique.
La resolución de la concesión definitiva de la subvención se realizará por Acuerdo de Consejo de Administración de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, que se comunicará a los beneficiarios de forma individual y por medios electrónicos a través del Sistema NOTE.
El pago de la subvención se realizará previa justificación técnica y económica del cumplimiento de la finalidad para la que concedió la subvención.
Plazos y efectos del silencio administrativo
6 meses
Recursos
Si no estás de acuerdo con la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos desde el día siguiente al de su publicación:
- Recurso de reposición en el plazo de 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 2 meses.
Si no se ha publicado la orden, puedes presentar uno de los siguientes recursos a partir del día siguiente al que acabó el plazo máximo de resolución:
- Recurso de reposición en cualquier momento.
- Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de 6 meses.
Calendario de actuaciones
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Plazo de presentación de solicitudesFecha de inicio: 31/12/2025 Fecha de fin: 30/01/2026
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud