Descripción

  • Referencia
    2397
  • Descripción

    Renovación de autorizaciones de transporte y actividades auxiliares.

  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Requisitos

Requisitos

La Dirección General, con ocasión del visado de oficio, comprobará que continúan cumpliéndose todas las condiciones exigidas para la obtención y mantenimiento de cada clase de autorización.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Puedes consultarla en la sección Documentación de interés.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

Los titulares y solicitantes de las distintas autorizaciones y habilitaciones contempladas en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y en las normas dictadas para su ejecución y desarrollo, ya sean personas físicas o jurídicas, están obligados a realizar la tramitación utilizando únicamente medios electrónicos. (Artículo 56 de la LOTT).

Para ello necesitas disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue los pasos que la aplicación vaya marcando.

 

Una vez registrada la solicitud, podrás en la misma sede electrónica consultar:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

   

Documentación de interés

Calendario y plazos de visado
Descargar
31.49 KB
Comprobación de requisitos para el visado
Descargar
213.88 KB
Modelo de acreditación de requisito de capacidad financiera
Descargar
12.93 KB
Modelo de declaración responsable de participación del gestor de transporte en la empresa
Descargar
13.12 KB
Modelo de declaración de participación de empresas
Descargar
13.25 KB
Documento de cesión de la autorización
Descargar
23.53 KB

Tramitación

Con anterioridad a la cumplimentación del formulario de solicitud deberá proceder al pago de la tasa correspondiente.

Así mismo, en el supuesto de que se requiera la aportación de alguna declaración responsable, deberá primero cumplimentar el modelo de impreso correspondiente que encontrará en la sección Documentación de interés y guardarlo como fichero adjunto en su equipo informático para anexarlo a la solicitud.

1. Presentación electrónica de la solicitud de la autorización o modificación de aquella que ya posee el interesado a través de la Sede Electrónica https://sede.mitma.gob.es/dgtc/

La solicitud se realizará cumplimentando electrónicamente el formulario que encontrará al pinchar en el botón Tramitar en la parte superior de esta página. 
Se deberán anexar a la solicitud las copias digitalizadas de los documentos que, en cada caso, sean requeridos (se puede consultar la documentación a aportar en la sección Documentación a presentar), cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada.

Con carácter excepcional, se podrá requerir al solicitante la exhibición del documento o de la información original.

Una vez registrada la solicitud podrá consultar su expediente a través de la misma Sede Electrónica https://sede.mitma.gob.es/dgtc/ desde la que inició su solicitud.

2. Proceso de evaluación de las solicitudes: Estudio de la documentación aportada y consulta de información a otros organismos a través de los distintos Registros electrónicos.

3. Proceso de subsanación:

En el caso de que la información no sea completa, se realizará un requerimiento de subsanación, que deberá ser cumplimentado en el plazo de 10 días hábiles. Recibirá un aviso a través del correo electrónico que nos ha facilitado informándole de que tiene pendiente la subsanación del expediente, para que, a continuación, pueda consultar el texto de dicho requerimiento accediendo al Punto de Acceso General (PAG): https://sede.administracion.gob.es/carpeta/

4. Notificación del resultado del proceso a través del Punto de Punto de Acceso General (PAG): https://sede.administracion.gob.es/carpeta/

Información complementaria:

Para más información pueden contactar con este organismo en el teléfono 91 580 28 09 o a través del correo electrónico transportes.dgt@madrid.org

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Cinco meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Real Decreto 1772/1994, de 05 de agosto por el que se adecúan determinados procedimientos administrativos en materia de transportes y carreteras a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Viceconsejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Dirección General de Transportes y Movilidad

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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