Descripción
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Referencia2397
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Descripción
Renovación de autorizaciones de transporte y actividades auxiliares.
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TasaRequiere el pago de tasas
Requisitos
Requisitos
La Dirección General, con ocasión del visado de oficio, comprobará que continúan cumpliéndose todas las condiciones exigidas para la obtención y mantenimiento de cada clase de autorización.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
- Documentación. Puedes consultarla en la sección Documentación de interés.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
Los titulares y solicitantes de las distintas autorizaciones y habilitaciones contempladas en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y en las normas dictadas para su ejecución y desarrollo, ya sean personas físicas o jurídicas, están obligados a realizar la tramitación utilizando únicamente medios electrónicos. (Artículo 56 de la LOTT).
Para ello necesitas disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue los pasos que la aplicación vaya marcando.
Una vez registrada la solicitud, podrás en la misma sede electrónica consultar:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
Documentación de interés
Tramitación
Con anterioridad a la cumplimentación del formulario de solicitud deberá proceder al pago de la tasa correspondiente.
Así mismo, en el supuesto de que se requiera la aportación de alguna declaración responsable, deberá primero cumplimentar el modelo de impreso correspondiente que encontrará en la sección Documentación de interés y guardarlo como fichero adjunto en su equipo informático para anexarlo a la solicitud.
1. Presentación electrónica de la solicitud de la autorización o modificación de aquella que ya posee el interesado a través de la Sede Electrónica https://sede.mitma.gob.es/dgtc/
La solicitud se realizará cumplimentando electrónicamente el formulario que encontrará al pinchar en el botón Tramitar en la parte superior de esta página.
Se deberán anexar a la solicitud las copias digitalizadas de los documentos que, en cada caso, sean requeridos (se puede consultar la documentación a aportar en la sección Documentación a presentar), cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada.
Con carácter excepcional, se podrá requerir al solicitante la exhibición del documento o de la información original.
Una vez registrada la solicitud podrá consultar su expediente a través de la misma Sede Electrónica https://sede.mitma.gob.es/dgtc/ desde la que inició su solicitud.
2. Proceso de evaluación de las solicitudes: Estudio de la documentación aportada y consulta de información a otros organismos a través de los distintos Registros electrónicos.
3. Proceso de subsanación:
En el caso de que la información no sea completa, se realizará un requerimiento de subsanación, que deberá ser cumplimentado en el plazo de 10 días hábiles. Recibirá un aviso a través del correo electrónico que nos ha facilitado informándole de que tiene pendiente la subsanación del expediente, para que, a continuación, pueda consultar el texto de dicho requerimiento accediendo al Punto de Acceso General (PAG): https://sede.administracion.gob.es/carpeta/
4. Notificación del resultado del proceso a través del Punto de Punto de Acceso General (PAG): https://sede.administracion.gob.es/carpeta/
Información complementaria:
Para más información pueden contactar con este organismo en el teléfono 91 580 28 09 o a través del correo electrónico transportes.dgt@madrid.org
Plazos y efectos del silencio administrativo
Cinco meses
Normativa
- Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio).
- Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) (BOE nº 241, de 8 de octubre).
- Orden Ministerial de 23 de julio de 1997 (BOE nº 182, de 31 de julio).
- Orden PRE/1435/2013 de 23 de julio (BOE nº 180, de 29 de julio).
- Orden FOM/36/2008 de 9 de enero (BOE nº 19, de 22 de enero).
- Resolución de 3 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que se establece el calendario de visados de las autorizaciones de transporte y de actividades auxiliares y complementarias del transporte. (BOE» núm. 301, de 14 de diciembre de 2018).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).