Descripción

  • Referencia
    38051
  • Descripción

    Autorización, para el uso de la denominación o de alguno de los símbolos de la Comunidad de Madrid ( bandera ,escudo, símbolo) en marcas o signos distintivos de productos, mercancías y servicios.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

  1. La autorización del uso de la denominación y símbolos de la Comunidad de Madrid sólo se otorgará cuando no dé lugar a posibles confusiones o interpretaciones inconvenientes en el sentido que representan los símbolos mencionados.
  2. No podrán aplicarse como distintivo único para denominar o expresar marcas, productos o servicios.
  3. Deben, en todo caso constituir un elemento accesorio de la marca o distintivo principal.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes. 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos. 

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

El Consejero de Economía podrá revocar cualquier autorización para el uso de la denominación o de alguno de los símbolos de la Comunidad de Madrid en marcas o signos distintivos de productos, mercancías y servicios cuando de ellas se haga un uso indebido.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución
Dos meses
Efecto del silencio
Estimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 1/2001, de 29 de marzo , por la que se establece la duración máxima y el régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
Secretaría General Técnica de Economía

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

¿Te ha resultado útil esta información?

Ayúdanos a mejorar.

Con la información recogida vamos a mejorar este servicio. Gracias por colaborar