Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personal funcionario interino docente no universitario de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- En caso de mantener una relación de servicio con la Comunidad de Madrid a partir del 13 de mayo de 2007: haber prestado, con o sin interrupción, un mínimo de tres años de servicio en las Administraciones Públicas.
- En caso de haber finalizado la relación de servicios con la Comunidad de Madrid antes del 1 de octubre de 2016: tener servicios prestados en otras Administraciones Públicas que den lugar al reconocimiento de trienios y al abono de cantidades devengadas y no prescritas.
- Adjuntar junto a la solicitud copias digitalizadas de los certificados de servicios prestados cuyo reconocimiento se solicite.
- La fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada.
- No es necesario adjuntar las certificaciones correspondientes a los periodos trabajados como funcionario interino o de carrera docente de la Comunidad de Madrid.
- La Administración podrá requerir en cualquier momento a los participantes la acreditación original de la documentación presentada.
Documentación
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar:
- Certificaciones de servicios prestados
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Normativa
- Resolución de 27 de noviembre de 2023, del Director General de Recursos Humanos, por la que se delegan competencias en los titulares de las Direcciones de Área Territoriales y de los centros docentes públicos no universitarios dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 288, de 4 de diciembre)
- Orden de 19 de septiembre de 2016, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se dictan instrucciones sobre reconocimiento de trienios al personal funcionario interino (BOCM nº 230, de 26 de septiembre)
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. (BOE nº 261, de 31 de octubre)
- Orden de 5 de mayo de 2008, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el procedimiento de reconocimiento de trienios al personal funcionario interino (BOCM. nº 114, de 14 de mayo).
- Ley 7/2007, de 21 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid (BOCM. nº 309, de 28 de diciembre).
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Política y Organización Educativa
- Dirección General de Recursos Humanos
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
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Plazos y efectos del silencio administrativo
Dos meses
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud