Descripción
-
Referencia34309
-
Descripción
Es una tarjeta inteligente que, insertada en al aparato de control instalado en determinados vehículos dedicados al transporte por carretera, permite visualizar, registrar, imprimir, almacenar y enviar datos acerca de la marcha, incluida la velocidad, de dichos vehículos, así como sobre los períodos de actividad de sus conductores, gracias al chip incorporado en la propia tarjeta.
-
TasaRequiere el pago de tasas
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el acceso a la aplicación.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación, de anexado de documentos (si se requieren) y de abono de la tasa, así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
La renovación de la tarjeta de conductor se deberá solicitar con una antelación máxima de 35 días a la fecha de caducidad de la misma.
Para más información pueden contactar con este órgano en el teléfono 91 580 28 09 o a través del correo electrónico transportes.dgt@madrid.org .
Documentación de interés
Tramitación
¿Qué tipos de tarjeta de tacógrafo existen?
Las tarjetas de tacógrafo pueden ser de los siguientes tipos:
Tarjeta de conductor: Identifica al conductor y permite almacenar datos sobre su actividad realizada, al menos, durante los últimos 28 días. Su validez es de cinco años.
Tarjeta de la empresa: Identifica al titular o arrendatario de vehículos provistos de tacógrafo digital, y permite visualizar, transferir e imprimir la información almacenada en el aparato de control instalado en los vehículos de la empresa. Su validez es de cinco años.
Tarjeta de control: Identifica al agente de control y organismo al que pertenece, y permite acceder a la información almacenada en la memoria de datos del tacógrafo digital o en las tarjetas de conductor a efectos de su lectura, impresión o transferencia.
Tarjeta de centro de ensayo: Identifica a un fabricante de tacógrafo digital, instalador, fabricante de vehículos o centro debidamente autorizado, y permite probar, activar, calibrar y transferir datos al tacógrafo digital. Su validez es de un año.
¿Quién puede solicitar una tarjeta de tacógrafo?
Pueden obtener la tarjeta de conductor en la Comunidad de Madrid aquellos conductores profesionales que tengan su residencia habitual en esta Comunidad Autónoma. Para obtener la tarjeta de empresa los titulares o arrendatarios de vehículos provistos de tacógrafo digital deberán tener su domicilio fiscal en la Comunidad de Madrid. En el caso de centros de ensayo, se exige que el establecimiento se encuentre ubicado en la citada Comunidad.
¿Qué se necesita presentar?
La solicitud telemática y documentación indicadas en los apartados “Gestión” e “Información relacionada” de la columna derecha de esta ficha.
¿Cómo realizar la solicitud?
Los titulares y solicitantes de las distintas autorizaciones y habilitaciones contempladas en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y en las normas dictadas para su ejecución y desarrollo, ya sean personas físicas o jurídicas, están obligados a realizar la tramitación utilizando únicamente medios electrónicos. (Artículo 56 de la LOTT).
Para presentar la solicitud y documentación a través del registro electrónico es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid .
¿Cuál es la tramitación?
El solicitante deberá proceder al pago de la tasa correspondiente, que encontrará en el apartado “Gestión”. En el supuesto de que proceda aportar alguna declaración responsable primero se cumplimentará el modelo de impreso correspondiente que encontrará en dicho apartado para guardarlo como fichero adjunto en su equipo informático y anexarlo luego a la solicitud.
1. Presentación electrónica de la solicitud de primera emisión, renovación, sustitución o canje de la tarjeta de tacógrafo digital.
La solicitud se realizará cumplimentando electrónicamente el formulario que aparece en la Sede Electrónica a través del enlace “Solicitud Internet” del apartado “Gestión”.
Se deberán anexar a la solicitud las copias digitalizadas de los documentos que, en cada caso, sean requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada.
Con carácter excepcional, se podrá requerir al solicitante la exhibición del documento o información original.
Una vez registrada la solicitud se podrán consultar los expedientes en la propia Sede Electrónica a través de la opción “consultar estado del expediente de las tarjetas solicitadas” que aparecerá disponible una vez se haya seleccionado la Comunidad Autónoma de Madrid.
2. Proceso de evaluación de la solicitud: estudio de la documentación aportada y consulta de información a otros organismos a través de los distintos Registros Electrónicos.
3. Proceso de subsanación: En el caso de que la información no sea completa, se realizará un requerimiento de subsanación a través de la Sede Electrónica, que deberá ser cumplimentado en el plazo de 10 días hábiles.
4. Resolución del procedimiento, con expedición en su caso de la tarjeta de tacógrafo.
Normativa
* Orden FOM/1190/2005, de 25 de abril, por la que se regula la implantación del tacógrafo digital (BOE nº 105, de 3 de mayo).
Órgano responsable
Te puede interesar
- 02 marzo 2011
Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad
09 junio 2015Tarjeta individual de familia numerosa
06 febrero 2023Expedición del Certificado de Aptitud Profesional y de la Tarjeta de Cualificación de Conductores
17 diciembre 2009Ayudas a entidades del tercer sector para la capacitación digital de la ciudadanía
09 julio 2024
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).