Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Personas destinatarias
Personas físicas que hayan superado las acciones formativas habilitantes para ejercer funciones de director de centros de atención social.
Requisitos
- Las acciones formativas deben tener una duración mínima de 240 horas, y tener los siguientes contenidos mínimos:
- Módulo de gestión de recursos humanos, que debe incluir materias referidas a legislación laboral, formación y capacitación del personal.
- Módulo de habilidades directivas, con inclusión de las materias referidas a las funciones y responsabilidades del director, información y comunicación interna y externa, y participación en la organización.
- Módulo de gestión económico-financiera: aspectos mercantiles, laborales y tributarios relacionados con la gestión de un centro de atención social.
- Módulo de dirección técnica de los centros de atención social: normativa de servicios sociales, derechos de las personas usuarias, tipología, espacios y equipamientos de los centros, servicios básicos y programas, y características de las personas usuarias.
- Módulo de asistencia social y de la dependencia, con especial referencia a la atención socio-sanitaria.
- Módulo de calidad en la prestación de los servicios, con especial referencia a los modelos de gestión de calidad y sistemas de evaluación.
- Módulo de salud laboral y prevención de riesgos laborales, con inclusión de la elaboración del plan de prevención.
- Las acciones formativas realizadas a distancia u online, deberán además acreditar, mediante declaración responsable de la entidad formadora, la identificación del sistema de formación, del personal docente, el sistema de identificación del alumnado y las horas que ha participado en la formación.
- Acreditar, en su caso, la no concurrencia de las condiciones establecidas para el ejercicio simultáneo como director en más de un centro de atención social.
- No encontrarse sancionado, con carácter firme, con la inhabilitación para ejercer como director de centro de atención social.
Documentación
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid:
Documentos que debes aportar junto a la solicitud:
- Certificado de capacitación emitido por el titular de la acción formativa previamente homologada por la Comunidad de Madrid.
- Certificados acreditativos de haber superado másteres, postgrados u otros cursos de formación no homologados por la Comunidad de Madrid que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 17 del Reglamento del Registro de directores de centros de servicios sociales de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 226/2003, de 6 de noviembre.
Documentos que podemos consultar si no te opones. Si te opones debes aportarlos:
- Copia del DNI/NIE de la persona solicitante.
- Copia del DNI/NIE del representante.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
Para consultas relacionadas con este trámite puedes contactar a través del correo electrónico: registro.social@madrid.org
Normativa
- Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 304, de 22 de diciembre).
- Resolución 2006/2022, de 10 de mayo, de la Dirección General de Evaluación, Calidad e Innovación, por la que se establecen los criterios que han de regir el régimen de homologación y reconocimiento de acciones formativas habilitantes para desarrollar las funciones de director de centros de servicios sociales realizadas a distancia (BOCM nº 122, de 24 de mayo).
- Resolución de 28 de agosto de 2012, por la que se aprueban los modelos de solicitud relacionados con la homologación de formación y el reconocimiento de las acciones formativas habilitantes para ejercer las funciones de director de centro de servicios sociales y de solicitud de certificado de inscripción en el Registro de directores de centros de servicios sociales (BOCM nº 217, de 11 de septiembre).
- Decreto 226/2003, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de directores de centros de servicios sociales de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 275, de 18 de noviembre).
Órgano responsable
- Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
- Dirección General de Evaluación, Calidad e Innovación
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
Presentación digital
Para realizar este trámite por medios electrónicos necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" para entrar en tu Cuenta Digital.
- Rellena el formulario. Si no lo completas, se queda guardado como borrador en "Mis Gestiones".
- Adjunta los documentos y pulsa "Firmar y enviar solicitud" para finalizar.
Presentación presencial
Puedes realizar este trámite de forma presencial si no eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Una vez enviada, en Mis Gestiones de tu Cuenta Digital puedes:
- Consultar el estado de la solicitud.
- Consultar los documentos enviados.
- Aportar documentación a la solicitud.
- Consultar tus comunicaciones
- Enviar comunicaciones.
También te enviaremos las notificaciones a través de tu Cuenta Digital.
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
La resolución de reconocimiento de las acciones formativas habilitantes para desarrollar funciones de director de centro de atención social determinará la inscripción de oficio en el Registro de directores de centros de atención social de la Comunidad de Madrid, con efectos desde la fecha de la resolución o, en su caso, desde la fecha en que la solicitud se entienda estimada por silencio administrativo.
Las personas inscritas en el Registro de directores de centros de atención social están obligadas a comunicar a dicho Registro las modificaciones producidas sobre los datos registrados en el plazo máximo de diez días, contados a partir del día siguiente al que se produce la variación.
Procederá la cancelación de la inscripción por fallecimiento o declaración de incapacidad del director, por incumplimiento sobrevenido de las condiciones exigidas para la inscripción, por renuncia expresa de la persona interesada, por inhabilitación para ejercer como director de centro de atención social, o por incumplimiento del deber de actualizar los datos.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Dos meses
Contacto y ayuda
Enlaces de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud