Descripción

  • Referencia
    81796
  • Descripción

    Pruebas para la obtención de los certificados de competencia profe­sional para el ejercicio de la actividad de transportista en las diferentes modalidades de transporte por carretera y de las actividades auxiliares y complementarias del mismo, que tendrán lugar en los meses de mayo y noviembre.

    Se realizan dos convocatorias anuales:

    Convocatorias Plazo de solicitud
    Pruebas mes Mayo Del 15 de marzo al 6 de abril (ambos inclusive)
    Pruebas mes Noviembre Del 27 de agosto al 14 de septiembre (ambos inclusive)
  • Tasa
    Requiere el pago de tasas

Requisitos

1. Tener la residencia habitual en la Comunidad de Madrid antes de la finalización del plazo de  presentación de solicitudes. Solo se admitirá que el domicilio sea distinto al que aparece en el documento nacional de identidad cuando se dé alguna de las siguientes circunstancias:
2. Acreditar mediante certificado de empadronamiento, que ha tenido su domicilio en la Comunidad al menos 185 días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Acreditar mediante certificado de empadronamiento, que aun habiendo tenido su domicilio en la Comunidad menos de 185 días naturales del último año, contados desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, se ha visto obligado por razones familiares o profesionales a cambiar su residencia a la Comunidad de Madrid. Esta última circunstancia no se entenderá cumplida cuando se trate de una estancia temporal en una localidad para la realización de una actividad de duración determinada. La asistencia a una universidad, escuela u otras clases de centros docentes no implica el traslado de la residencia habitual.

Documentación a presentar

1. Solicitud, pulsar en el botón de Tramitar al principio de esta ficha para acceder al espacio de tramitación donde se encuentra la solicitud.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que los interesados expresamente lo desautoricen, así como los que deberán aportarse.

Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”

Presentación de solicitudes

Pulsando el botón Tramitar de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.

Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

Pulsando el botón Tramitar de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

   

Información Complementaria

Las pruebas se ajustarán al programa establecido en el Anexo B de la Orden de 28 de mayo de 1999, del Ministerio de Fomento (BOE de 11 de junio de 1999).

Los ejercicios a desarrollar, su estructura y su forma de calificación serán los establecidos en el capítulo II de la citada Orden. El tiempo del que disponen los aspirantes para la realización de las dos partes de las que consta el ejercicio será de cuatro horas.

Documentación de interés

Calendario actuaciones anteriores convocatorias
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Tramitación

Calendario de actuaciones

Pruebas mes de noviembre
22/01/2019 Relación definitiva de aptos en las pruebas y exámenes.
Ver listados y exámenes en el calendario.
04/12/2018 Relación provisional de aptos en las pruebas.
Ver listados en el calendario.
* Reclamaciones: del 5 al 19 de diciembre de 2018.
31/10/2018 Composición del tribunal
Resolución de 17 de octubre de 2018 (BOCM nº 260, de 31 de octubre).
23/10/2018 Celebración de las pruebas
Resolución de 16 de octubre de 2018 (BOCM nº 258, de 29 de octubre)
Día y hora Viajeros: 15 de noviembre, jueves: Llamamiento a las 16:00 horas
Lugar: Centro Integrado de Formación Profesional “Profesor Raúl Vázquez”. Carretera de Villaverde a Vallecas, kilómetro 4, Madrid.

Día y hora Mercancías17 de noviembre, sábado: Llamamiento a las 8:00 horas
Lugar: Centro Integrado de Formación Profesional “Profesor Raúl Vázquez”. Carretera de Villaverde a Vallecas, kilómetro 4, Madrid.

17/10/2018 Relación definitiva de admitidos y excluidos a las pruebas.
Ver listados en el calendario.
27/09/2018 Relación provisional de admitidos y excluidos a las pruebas.
Ver listados en el calendario.
* Reclamaciones: Hasta el 11 de octubre de 2018.

* Se podrá consultar el calendario de actuaciones de las pruebas realizadas en el mes de mayo 2018, en el apartado Información relacionada.

Plazos y efectos del silencio administrativo

PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: Desestimatorio.

RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Viceconsejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Dirección General de Transportes y Movilidad

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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