Tramitación

Presenta la solicitud

Pasos para presentar la solicitud

La tramitación de la solicitud se realiza sólo por medios electrónicos. Para ello, necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
  3. Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
Solicitud de adhesión y separación
Solicitud Alta/ Baja de los módulos
Solicitud de tutorías
Solicitud de alta, modificación o baja de correo electrónico y buzones de uso compartido

Consulta el estado y evolución

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • Aportar documentos a la solicitud.
  • Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud. 
  • Consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Acciones sobre la solicitud

Tramitación

Si la solicitud no reúne los requisitos, se requerirá a la entidad local para que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.

La resolución se adoptará en el plazo máximo de 3 meses. El cómputo se iniciará desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro de la consejería competente en materia de régimen local.

Dictada la Resolución por la Dirección General competente se comunicará a la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid que se ocupará de su ejecución material en el plazo máximo de un mes.

Plazos y efectos del silencio administrativo

Plazo máximo de resolución

Tres meses

Efecto del silencio
Desestimatorio
Normativa reguladora del silencio administrativo
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Contacto y ayuda

Guía de tramitación

Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud

Última actualización: 18/10/2024
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