Descripción

  • Referencia
    66274
  • Descripción

    Procedimiento para la solicitud de la permanencia en el servicio activo, como máximo, hasta los 70 años de edad, de los funcionarios docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.

    El procedimiento y los criterios son los mismos que para el resto del personal de la Comunidad de Madrid, conforme a lo establecido en la Orden de 21 de enero de 2010, adaptada al ámbito docente por la Resolución, de 24 de marzo de 2014.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

  1. Ser funcionario docente no universitario de la Comunidad de Madrid, próximo a la edad de jubilación y que desea permanecer en servicio activo.
  2. Deberá presentar una solicitud de prolongación en el servicio activo, dirigida a la Dirección General de Recursos Humanos o a la Dirección de Área Territorial, según el supuesto.
  3. Cumplir los plazos de presentación establecidos para cada supuesto.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. No es necesario aportar documentación junto a la solicitud.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Tramitación

La Dirección General, además de valorar la concurrencia de razones organizativas o funcionales existentes, solicitará:

  • A la Dirección de Área Territorial correspondiente, que realice la evaluación de desempeño del funcionario, de acuerdo con el modelo establecido en la Orden de 21 de enero de 2010 y previo informe del centro docente o dependencia de destino del funcionario.
  • Al Servicio de Prevención de la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, la realización de un reconocimiento médico del funcionario.

Una vez realizadas las anteriores actuaciones, la Dirección General de Recursos Humanos pondrá el expediente a disposición del funcionario para que en el plazo de diez días, alegue lo que considere conveniente.

En el caso de la revisión de la prolongación de la permanencia en el servicio activo que se regula en el artículo 8 de la Orden de 21 de enero de 2010, se seguirán los mismos trámites señalados anteriormente, salvo que el expediente de revisión se iniciará de oficio por la Dirección General de Recursos Humanos, bien por propia iniciativa o a propuesta de la Dirección de Área Territorial o dependencia de destino del funcionario.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Organización Educativa
Dirección General de Recursos Humanos

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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