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Requisitos
Los padres, madres o tutores legales del alumno o alumna con necesidades educativas especiales y/o de nacimiento prematuro, que quieran solicitar la medida de permanencia de un año más en el primer ciclo de la etapa o la extinción de la medida en la etapa de Educación Infantil.
Documentación
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar en función de la solicitud que vayas a presentar.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
- Alumnado con necesidades educativas especiales:
- Informe psicopedagógico fundamentado y actualizado del Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Atención Temprana
- En el caso del alumnado escolarizado. Informe motivado del personal educativo a quién corresponda la atención educativa directa del niño o niña.
- Alumnado con nacimiento prematuro:
- Informe facultativo de un médico o médica pediatra en el que se concrete y justifique la prematuridad.
- Informe específico de los servicios y profesionales especializados de orientación educativa de la Comunidad de Madrid, según el modelo que se incluye como Anexo V en la orden que lo regula. (En el caso del alumnado con necesidades educativas especiales).
Normativa
- Orden 1190/2021, de 29 de abril, de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se regula la medida de permanencia de un año más en el primer ciclo de la Etapa de Educación Infantil en la Comunidad de Madrid (BOCM nº 117, de 18 de mayo)
- Orden 460/2023, de 17 de febrero, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regulan aspectos de organización y funcionamiento, evaluación y autonomía pedagógica en la etapa de Educación Infantil en la Comunidad de Madrid. (BOCM nº 50, de 28 de febrero)
Órgano responsable
- Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
- Viceconsejería de Política y Organización Educativa
- Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Acciones sobre la solicitud
Las solicitudes de permanencia de un año más en el primer ciclo de la etapa de Educación Infantil las resolverá el titular de la Dirección de Área Territorial, previo informe del Servicio de Inspección Educativa y trasladará la decisión a los interesados y al centro docente en el caso de que el alumno esté escolarizado con anterioridad a la finalización del curso escolar en el que se haya solicitado la medida.
El director del centro incorporará al expediente académico del alumno la resolución de autorización de permanencia de un año más en la etapa.
En el caso de las solicitudes de extinción, si el informe de los servicios y profesionales especializados de orientación educativa es favorable, el titular de la Dirección de Área Territorial resolverá acordando la extinción de la medida de permanencia en la etapa.
Contacto y ayuda
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud