Descripción
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Referencia2392
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Descripción
Es una autorización que habilita a su titular para intermediar en la contratación de transporte de mercancías por carretera, ya sea en concepto de agencia de transporte, transitario, almacenista-distribuidor, operador logístico o cualquier otro.
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TasaRequiere el pago de tasas
Requisitos
Todas aquellas personas físicas o jurídicas que cumplan con los requisitos de domicilio, nacionalidad, obligaciones fiscales, laborales y sociales, disposición de local, honorabilidad, capacidad financiera y competencia profesional en los términos establecidos en la normativa de transportes y que se detallan pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.
Documentación a presentar
La solicitud y documentación indicadas en los apartados “Gestión” e “Información relacionada” pulsando el botón de Tramitar al principio de esta ficha.
¿Cómo realizar la solicitud?
Los titulares y solicitantes de las distintas autorizaciones y habilitaciones contempladas en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y en las normas dictadas para su ejecución y desarrollo, ya sean personas físicas o jurídicas, están obligados a realizar la tramitación utilizando únicamente medios electrónicos. (Artículo 56 de la LOTT).
Para presentar la solicitud y documentación a través del registro electrónico es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid. .
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede a la aplicación.
- Sigue las indicaciones de cumplimentación, de anexado de documentos (si se requieren) y de abono de la tasa, así como de envío de la solicitud al Registro electrónico.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para más información pueden contactar con este organismo en el teléfono 91 580 28 09 o a través del correo electrónico transportes.dgt@madrid.org
Documentación de interés
Tramitación
El solicitante deberá proceder al pago de la tasa correspondiente, que encontrará en el apartado “Gestión”. En el supuesto de que proceda aportar alguna declaración responsable, primero se cumplimentará el modelo de impreso correspondiente que encontrará en dicho apartado para guardarlo como fichero adjunto en su equipo informático y anexarlo luego a la solicitud.
1. Presentación electrónica de la solicitud de la autorización o modificación de aquella que ya posee el interesado.
La solicitud se realizará cumplimentando electrónicamente el formulario que aparece en el enlace “Solicitud Internet” del apartado “Gestión”.
Se deberán anexar a la solicitud las copias digitalizadas de los documentos que, en cada caso, sean requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada.
Con carácter excepcional, se podrá requerir al solicitante la exhibición del documento o de la información original.
Una vez registrada la solicitud se podrán consultar los expedientes en la Sede Electrónica https://sede.fomento.gob.es/dgtc/
2. Proceso de evaluación de las solicitudes: Estudio de la documentación aportada y consulta de información a otros organismos a través de los distintos Registros electrónicos.
3. Proceso de subsanación.
En el caso de que la información no sea completa, se realizará un requerimiento de subsanación a través de la Sede Electrónica https://sede.fomento.gob.es/dgtc/, que deberá ser cumplimentado en el plazo de 10 días hábiles.
Se podrán consultar dichas notificaciones desde el Punto de Acceso General (PAG), en la siguiente dirección https://sede.administracion.gob.es/carpeta/
4. Notificación del resultado del proceso.
Plazos y efectos del silencio administrativo
Normativa
* Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de nº 182, de 31 de julio),
* Reglamento de 28 de septiembre de 1990, de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) (BOE nº 241, de 8 de octubre).
* Orden Ministerial de 21 de julio de 2000, Desarrolla el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (RCL 1990\2072), en materia de agencias de transporte de mercancías, transitarios y almacenistas-distribuidores (BOE nº 185, de 3 de agosto).
* Resolución de 9 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Transportes, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Transportes e Infraestructuras para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de diversos procedimientos en materia de transportes (BOCM nº 5, de 7 de enero de 2010).
Órgano responsable
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El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).