Descripción
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ReferenciaL183
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Descripción
Provisión temporal a funcionarios de carrera de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Cuando no es posible la provisión de un puesto por los procedimientos previstos (nombramiento provisional, acumulación de funciones, o comisión de servicio), los Ayuntamientos pueden solicitar a la Comunidad de Madrid, un nombramiento con carácter accidental, de uno de sus funcionarios.
Las Corporaciones Locales podrán solicitar a las Comunidades Autónomas el nombramiento accidental de uno de sus funcionarios con la preparación técnica adecuada y, si es posible, que pertenezca al subgrupo A1 o tenga titulación universitaria.
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TasaNo requiere el pago de tasas
Destinatarios
Entidades Locales de la Comunidad de Madrid.
Requisitos
- Que el puesto se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
- Vacante.
- No desempeñado efectivamente por su titular.
- En las Corporaciones Locales de más de 5.000 habitantes, será un funcionario de carrera perteneciente al subgrupo A1.
- En ningún caso podrá ser habilitado accidentalmente un funcionario interino para desempeñar un puesto reservado a funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional.
Documentación a presentar
- Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde encontrarás el formulario en línea.
- Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.
Documentos a aportar junto a la solicitud:
- Anuncio efectuado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid o en el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local, para la provisión del puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (COSITAL).
- Otras gestiones complementarias para la provisión del puesto realizadas por el Ayuntamiento para intentar cubrir el puesto distintas de las previstas en el apartado anterior.
- Notificación de la resolución de nombramiento accidental efectuada por la Dirección General de Reequilibrio Territorial en supuestos de activación de nombramientos accidentales.
- Acta de toma de posesión en supuestos de activación de nombramientos accidentales.
- Acta de cese en supuestos de activación de nombramientos accidentales.
- Publicación en el B.O.C.M de la competencia delegada en el Concejal representante.
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
Presentación de solicitudes
La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:
- Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
- Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Información Complementaria
Para consultas o dudas sobre este trámite dispones del correo electrónico: sgasistenciamunicipios@madrid.org
Documentación de interés
Tramitación
Recepción de la solicitud en el centro directivo competente.
El centro directivo competente podrá requerir la información o documentación complementaria que se considere necesaria para la comprensión o evaluación de la solicitud.
Los nombramientos funcionarios efectuados mediante resolución del
centro directivo competente en materia de Administración Local, se notificarán a la persona interesada y a las Entidades Locales afectadas.
Plazos y efectos del silencio administrativo
3 meses
Normativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre).
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (BOE nº 80, de 3 de abril).
- Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local (BOE, nº 96, de 22 de abril).
- Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local (BOE nº 312, de 30 de diciembre).
- Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública (BOE nº 185, de 3 de agosto).
- Ley 2/2003, de 11 de marzo de administración Local de la Comunidad de Madrid (BOE nº 65, de 18 de marzo).
- Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE, nº 67, de 17 de marzo).
Órgano responsable
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).