Descripción

  • Referencia
    75066
  • Descripción

    Legalización de los libros que obligatoriamente han de llevar las fundaciones adscritas al Protectorado de Cultura, Turismo y Deporte.

  • Más información
  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario.
  2. Documentación que figura en el formulario. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes. 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario. Al finalizar, selecciona la opción Guardar.
  3. Accede al Registro electrónico para su presentación junto al resto de documentos. 

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Tramitación

El órgano responsable de legalizar los libros de las fundaciones, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 1/1998, es el Protectorado de Fundaciones, que realiza sus funciones a través de la Subdirección General de Régimen Jurídico y Desarrollo Normativo de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

El procedimiento se inicia con la solicitud de legalización de libros por parte de cada fundación y finaliza con la legalización de los mismos por parte del Protectorado.

Las fundaciones inscritas en el Registro de Fundaciones de la Comunidad de Madrid deberán llevar necesariamente los siguientes libros, que deberán ser legalizados por el Protectorado :

  • Libro de diario
  • Libro de cuentas anuales
  • Libro de actas

El Protectorado, si no mediaran defectos, extenderá una diligencia en la que, identificará a la fundación, expresará los libros legalizados, con identificación de su clases y número dentro de cada clase, y los datos de presentación. Dicha diligencia, una vez firmada electrónicamente por el responsable, será notificada telemáticamente a la fundación.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte
Secretaría General Técnica

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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