Última actualización: 18/04/2024

Descripción

  • Referencia
    L21
  • Descripción

    Es el modelo para Otorgar Instrucciones Previas (IIPP) ante tres testigos en la Comunidad de Madrid

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Requisitos

Los testigos deben ser tres, mayores de edad y con plena capacidad de obrar, de los cuales dos, como mínimo, no deberán tener relación de parentesco hasta el segundo grado ni estar vinculados por matrimonio o vínculo de análoga relación de afectividad en la forma establecida legalmente, relación laboral, patrimonial, de servicio u otro vínculo obligacional con el otorgante.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se puede realizar por medios electrónicos o de forma presencial. Si eliges la presentación electrónica, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Selecciona una de estas dos opciones:
    1. Presentación electrónica: Pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
    2. Presentación presencial: Pulsa DESCARGAR FORMULARIO. Puedes descargar el formulario cumplimentado en formato PDF y, junto al resto de documentos, presentarlo más tarde de forma presencial en los lugares habilitados para ello, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración.
  4. En caso de presentación presencial, recuerda consultar si es preciso solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.

Si seleccionas la notificación electrónica como medio de notificación, la unidad de tramitación te enviará las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.

Información Complementaria

Antes de elaborar su documento de Instrucciones Previas infórmese en la web de la Comunidad de Madrid sobre las recomendaciones para su cumplimentación y consulte con sus profesionales sanitarios de referencia.

El Documento de Instrucciones Previas también puede ser otorgado presencialmente ante funcionario público, quien a su vez tramitará la inscripción del Documento en el Registro Autonómico de Instrucciones Previas.  En este caso, el otorgante no precisa nombrar testigos.

Tramitación

 

El procedimiento telemático para otorgar el Documento de IIPP requiere la firma de tres testigos (Descargar formulario ANEXO II y Adjunto Anexo II).

Para la tramitación electrónica del Documento de Instrucciones Previas por el propio otorgante, se precisa que un funcionario emita un documento haciendo constar el cumplimiento de los artículos 4 y 5.2c) y de la Ley 3/2005 de 23 de mayo, por la que se regula el ejercicio del derecho a formular instrucciones previas en el ámbito sanitario y se crea el registro correspondiente. Este documento podrá ser solicitado en el listado de Centros de Salud autorizados para el otorgamiento y solicitud de registro, que podrá consular en la web informativa de la Comunidad de Madrid (*).

Si la tramitación electrónica no es realizada por el propio otorgante, se precisa adjuntar Poder Bastante Notarial.

Su documentación tramitada por vía electrónica, será remitida al Registro Autonómico de Instrucciones Previas para su inscripción.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Sanidad
Viceconsejería de Sanidad
Dirección General de Humanización, Atención y Seguridad del Paciente

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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