Descripción

  • Referencia
    L39
  • Descripción

    Selección de institutos públicos de Educación Secundaria que implantarán el Programa Bilingüe español-inglés a partir del curso 2022-2023, de acuerdo con la Orden 972/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los institutos bilingües español-inglés de la Comunidad de Madrid.

  • Tasa
    No requiere el pago de tasas

Calendario de actuaciones

  • Plazo de presentación de solicitudes
    Fecha de inicio: 06/01/2022 Fecha de fin: 31/01/2022

Destinatarios

Institutos públicos de Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid.

Requisitos

  1. Los profesores de la especialidad de Inglés que impartan docencia en la vía Sección Bilingüe deberán contar con la correspondiente acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.2 de la Orden 972/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los institutos bilingües español-inglés de la Comunidad de Madrid.
  2. Los profesores de otras materias susceptibles de ser impartidas en lengua inglesa deberán contar con la correspondiente habilitación lingüística para el desempeño de puestos bilingües, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1 de la Orden 972/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los institutos bilingües español-inglés de la Comunidad de Madrid.
  3. Los profesores a los que hacen referencia los apartados anteriores adquieren el compromiso de tomar parte activa en la progresiva implantación y el desarrollo del Programa Bilingüe, así como en las actividades de formación necesarias para garantizar la calidad de dicho programa.

Documentación a presentar

  1. Solicitud. Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación donde puedes encontrar el formulario en línea.
  2. Documentación. Se indican aquellos documentos que debes aportar y los datos que podrá consultar la Comunidad de Madrid.

Documentos que se aportan junto a la solicitud:

  1. Propuesta de proyecto de centro bilingüe (Anexo II).
  2. Aprobación por el Consejo Escolar del centro de la solicitud de participación (Anexo III).
  3. Aprobación por el Claustro del centro de la solicitud de participación (Anexo IV).
  4. Compromiso individual de participación en el Programa Bilingüe de los profesores de la especialidad Lengua Extranjera: Inglés que estén en posesión de la correspondiente acreditación para impartir el Currículo de Inglés Avanzado y de los profesores con la habilitación lingüística para el desempeño de puestos bilingües, en ambos casos con destino definitivo en el centro (Anexo V).
  5. Propuesta de un candidato para su nombramiento como Profesor Coordinador o Coordinador Jefe del Programa Bilingüe, según proceda (Anexo VI).
  6. Relación de los funcionarios de carrera con destino definitivo en el centro con la especialidad de lengua extranjera: Inglés o habilitados para impartir docencia en el proyecto (Anexo VII)

La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos de los siguientes documentos:

  1. NIF/NIE del representante del titular
  2. NIF/NIE del titular.
  3. Títulos académicos.
  4. Certificados de habilitación lingüística.

Recuerda que eres responsable de la veracidad de los documentos que presentes.
 

Presentación de solicitudes

La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

Para presentar la solicitud pulsa TRAMITAR, accede al espacio de tramitación y sigue estos pasos:

  1. Prepara la documentación y/o anexos que vayas a aportar junto a la solicitud.
  2. Pulsa CUMPLIMENTAR y accede al formulario en línea. Si no finalizas su cumplimentación, podrás recuperarlo más tarde accediendo con el localizador que aparecerá en pantalla y que deberás guardar.
  3. Para finalizar, pulsa ENVIAR A REGISTRO. En la siguiente pantalla podrás adjuntar el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Las notificaciones que te envíe la unidad de tramitación se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, pulsa en el acceso al Servicio NOTE.

Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:

  • aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y 
  • consultar su estado de tramitación.

Consulta más información en la Guía de tramitación electrónica.

Información Complementaria

Criterios de selección:

  • Proximidad a un colegio público bilingüe con alumnos escolarizados en el programa bilingüe en sexto curso de educación primaria durante el curso escolar 2021-2022: hasta 15 puntos.
  • Profesorado: hasta 25 puntos:
    • Número de profesores con destino definitivo en el centro con la especialidad Inglés, con o sin acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado, así como de profesores que cuenten con la correspondiente habilitación lingüística para desempeñar puestos bilingües y que hayan adquirido el compromiso de participar en el programa.
    • Propuesta de un candidato para su nombramiento como Profesor Coordinador o Coordinador Jefe del Programa Bilingüe, según proceda, de acuerdo con lo establecido en la Orden 972/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los institutos bilingües español-inglés de la Comunidad de Madrid.
  • Nivel de inglés de los miembros del equipo directivo: hasta 10 puntos.
  • Grado de apoyo del Claustro y del Consejo Escolar: hasta 25 puntos.
  • Valoración del proyecto bilingüe. Se tendrá en cuenta la viabilidad del proyecto y la organización de las enseñanzas bilingües en el centro de acuerdo con la Orden 972/2017, de 7 de abril, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regulan los institutos bilingües español-inglés de la Comunidad de Madrid. Asimismo, se valorará la experiencia educativa del centro, las características lingüísticas de la plantilla del profesorado (ser especialista de Inglés, estar acreditado para impartir el currículo de Inglés Avanzado, o estar en posesión de la habilitación lingüística para el desempeño de puestos bilingües), el compromiso individual del equipo directivo, los recursos disponibles, y el uso que establezca el equipo directivo del criterio complementario para la admisión de alumnos, con el fin de garantizar la viabilidad y el éxito del proyecto: hasta 25 puntos.

Necesidades de la Administración educativa:

Cuando para dar continuidad a las enseñanzas bilingües recibidas por parte de los alumnos que promocionan de Educación Primaria, se considere necesaria la implantación del Programa Bilingüe en un determinado Instituto de Educación Secundaria que haya participado en la convocatoria, la Comisión de Selección podrá proponer la implantación del Programa Bilingüe en dicho centro con carácter preferente, previo informe favorable de la Subdirección General de Inspección Educativa.

Normativa

Órgano responsable

Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
Viceconsejería de Política Educativa
Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial

El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).

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