Información
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TasaNo requiere el pago de tasas
Requisitos
Ser titular de la licencia de funcionamiento del local o establecimiento en el que realizan espectáculos públicos y actividades recreativas
Documentación
Documentos que se aportan junto a la solicitud:
- Ficha técnica, debidamente firmada por el titular del local.
- Copia de la licencia de funcionamiento del local, recinto o establecimiento
Recuerda que eres responsable de la veracidad de los datos y documentos presentados.
Información adicional
- El número identificativo debe exhibirse en los locales que realicen alguna de las actividades enumeradas en el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones.
- El número identificativo se compone de cinco cifras que irán precedidas de una letra identificativa del área de actividad autorizada en la licencia de funcionamiento.
- Sólo se asignará un número y letra por cada local.
- El cartel identificativo deberá colocarse en el exterior del local en lugar visible para los usuarios. Los titulares tienen la obligación de mantenerlo en perfectas condiciones de visibilidad, así como de retirarlo a partir de la extinción de los efectos de la licencia.
- En el supuesto de deterioro del cartel por circunstancias naturales el titular deberá solicitar al Ayuntamiento correspondiente la expedición de un duplicado.
- La exhibición de este cartel identificativo en lugar y forma adecuados constituye una de las obligaciones documentales de los titulares de las licencias de funcionamiento de locales y establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas. La inobservancia de dicha obligación se considera una infracción grave.
Normativa
- Artículo 13 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (BOCM nº 159, de 7 de julio).
- Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, locales e Instalaciones (BOCM nº 261, de 3 de noviembre).
- Orden 434/1999, de 12 de marzo, por el que se aprueba el modelo de cartel identificativo de los locales y recintos de espectáculos públicos y actividades recreativas, así como de otros establecimientos abiertos al público (BOCM nº 72 de 26 de marzo).
- Resolución de 16 de febrero de 2010, de la Dirección General de Seguridad e Interior, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior para la realización de trámites telemáticos de determinados procedimientos (BOCM nº 62, de 15 de marzo).
Órgano responsable
- Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior
- Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112
- Dirección General de Seguridad
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Tramitación
Presenta la solicitud
La tramitación de la solicitud puede realizarse por medios electrónicos o de forma presencial.
Sigue estos pasos:
- Prepara la documentación que vas a aportar junto a la solicitud.
- Pulsa "Acceder" y después "Cumplimentar formulario". Si no lo completas, puedes recuperarlo más tarde con el localizador que aparece en pantalla.
- Selecciona la forma de presentación. Recuerda que no debes hacerlo de forma presencial si eres una persona obligada a relacionarte electrónicamente con la Administración.
- Si eliges presentación electrónica:
- Necesitas uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Para finalizar, pulsa "Acceder a Registro". En la siguiente pantalla puedes adjuntar los documentos que acompañan a la solicitud.
- Si eliges presentación presencial:
- Pulsa "Descargar formulario" para obtener el formulario relleno en formato PDF.
- Para finalizar, firma el formulario y preséntalo junto al resto de documentos en los lugares habilitados. Recuerda que es preciso solicitar cita previa en algunas oficinas de registro y atención al ciudadano.
Consulta el estado y evolución
Ten en cuenta que puedes elegir el medio de notificación cuando rellenas la solicitud:
- Electrónica: te enviaremos las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Correo certificado: te enviaremos las notificaciones al domicilio indicado en la solicitud.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- Aportar documentos a la solicitud.
- Enviar comunicaciones referidas a tu solicitud.
- Consultar su estado de tramitación.
En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Contacto y ayuda
Documentos de interés
Guía de tramitación
Conoce información clave sobre los requisitos, la presentación y la tramitación de la solicitud